Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2016 (29/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Lunes 29 de agosto de 2016 /

El Peruano

DEFENSA
Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Brasil y Noruega, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 270-2016-DE/MGP Lima, 26 de agosto de 2016 Visto, el Oficio P.200-1984 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 26 de julio de 2016; CONSIDERANDO: Que, anualmente una delegación de la Marina de Guerra del Perú, presidida por el Comandante General de Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval, efectúa una Visita Oficial a la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, para participar en los actos conmemorativos por el Aniversario de la Independencia Nacional de dicho país; toda vez que este tipo de actividad permite afianzar los lazos de amistad y cooperación en las áreas operacionales, seguridad fronteriza, académica e intercambio de experiencias frente a las nuevas amenazas, desarrollando, impulsando y potenciando las relaciones entre las Instituciones Armadas de ambos países; Que, en el Acta de la II Reunión de Comandos Navales Fronterizos Perú - Brasil, realizada en la ciudad de Iquitos, República del Perú, del 27 al 31 de julio de 2015, en el Acuerdo Permanente 10, se estableció las visitas protocolares de los Comandos Navales Fronterizos y Unidades Fluviales por el Aniversario Patrio de ambos países; Que, el Comandante del 9º Distrito Naval de la Marina de Brasil, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que el Comandante General de Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval acompañado de TRES (3) Oficiales Superiores o Subalternos, participen en los actos conmemorativos con motivo del 194º Aniversario de la Independencia de Brasil, a realizarse en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 3 al 9 de setiembre de 2016; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Almirante y UN (1) Oficial Subalterno, para que participen en la mencionada actividad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Ricardo Alfonso MENÉNDEZ Calle, Comandante General de Operaciones de la Amazonía y Quinta Zona Naval y del Teniente Segundo Víctor Alberto CABRERA Guzmán, quienes han sido designados para que participen en los actos conmemorativos con motivo del 194º Aniversario de la Independencia de Brasil, en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 4 al 7 de setiembre de 2016; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá incrementar la seguridad cooperativa de ambas armadas en la lucha contra los ilícitos fronterizos; así como, afianzar los lazos de unión y fraternidad, necesarios para poder enfrentar problemas comunes en la Amazonía, contribuyendo a las acciones dispuestas en los aspectos institucionales de soberanía e integridad territorial y en apoyo a la política exterior; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la

actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Ricardo Alfonso MENÉNDEZ Calle, CIP. 00804083, DNI. 43394055 y del Teniente Segundo Víctor Alberto CABRERA Guzmán, CIP. 00010479, DNI. 44299540, quienes han sido designados para que participen en los actos conmemorativos con motivo del 194º Aniversario de la Independencia de Brasil, en la ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 4 al 7 de setiembre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 3 y retorno el 8 de setiembre de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Manaos (República Federativa del Brasil) - Lima US$ 1,300.00 x 2 personas US$ 2,600.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 días TOTAL A PAGAR: US$ US$ 2,960.00 5,560.00

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1421939-9

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