Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2016 (30/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 30 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD

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MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS D.A. Nº 16-2016-MDSL.Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 210-2016-MDSL que establece "Beneficios Tributarios y No tributarios a favor de los contribuyentes y administrados del distrito de San Luis" 597932

DE BELLAVISTA Ordenanza Nº 018-2016-MDB.- Ordenanza que otorga beneficios tributarios y administrativos en favor de contribuyentes del distrito 597932

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de funcionaria del INDECOPI a Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 198-2016-PCM Lima, 29 de agosto de 2016 Vista la Carta N° 426-2016/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI; y CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 04 de Julio de 2016, la Dirección de Apoyo al Consumidor de Costa Rica cursó al Indecopi la invitación para asistir a la "X Reunión del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAGC)", el mismo que se llevará a cabo los días 14 y 15 de setiembre del 2016; asimismo, mediante comunicación de fecha 05 de agosto de 2016, la Dirección de Apoyo al Consumidor de Costa Rica y el Programa COMPAL de la UNCTAD, remitieron invitación a fin de que el INDECOPI participe en el "VI Foro Internacional de Protección al Consumidor: nuevos mercados, nuevos desafíos", evento que se llevará a cabo entre los días 12 y 13 de setiembre de 2016; en la provincia de Guanacaste ­ República de Costa Rica. Que, el FIAGC tiene como objetivo promover la cooperación entre las agencias gubernamentales de protección al consumidor de Iberoamérica, a través del intercambio de información y experiencias en torno a temas de interés común, a fin de actuar con mayor eficacia en el desarrollo y mejoramiento de las políticas públicas de protección al consumidor de sus respectivos países, así como establecer un mecanismo de coordinación institucional entre sus miembros, siendo éstos las agencias gubernamentales de protección al consumidor de países iberoamericanos, en el caso de Perú dicha representación es ejercida por el INDECOPI; Que, la referida reunión se considera de suma importancia para el Perú, en virtud a que nuestro país ostenta la presidencia del FIAGC, para el período 20152016; Que, por otro lado el mencionado evento constituye un espacio de debate necesario a fin de ampliar la visión en torno a la protección del consumidor, en particular se presentarán las nuevas tendencias internacionales de mejores prácticas de protección al consumidor, tanto desde la óptica de las agencias gubernamentales, como desde otros organismos internacionales destacados en la materia; así como el seguimiento de los acuerdos suscritos en el marco de la IX Reunión Anual del FIAGC, realizada en la ciudad del Cuzco ­ Perú; Que, en el caso peruano, la tutela de los derechos de los consumidores y usuarios constituyen un mandato constitucional establecido en el artículo 65° de la

Constitución Política del Perú, el mismo que se encuentra desarrollado legislativamente en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, conforme a lo previsto en el Artículo I de su Título Preliminar; Que, el Programa COMPAL cuenta con el apoyo de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza (SECO) y es administrado por la Conferencia de Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), otorgando asistencia técnica en las áreas de Políticas de Competencia y Protección del Consumidor a los países de Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay y la República Dominicana; Que, en el marco del mencionando programa se llevará a cabo el VI Foro Internacional de Protección al Consumidor: nuevos mercados, nuevos desafíos, que tiene como objetivo abordar temáticas de actualidad como la implementación de las nuevas Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor adoptadas por la Asamblea General el 22 de Diciembre de 2015 y nuevos retos para los consumidores tales como, la economía colaborativa, las redes sociales, al igual que las mejores prácticas en la resolución de conflictos y los mecanismos transfronterizos de cooperación e intercambio de información; Que, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación de la señorita Anahí del Milagro Chávez Ruesta, Directora de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor (DPC) del INDECOPI, dado que posee dentro de su área de trabajo, el grado de especialización y experiencia necesaria para atender los requerimientos del referido evento; Que, en este sentido y atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria la participación de la funcionaria citada en el párrafo anterior, dado que su participación podrá propiciar un intercambio de experiencias con las autoridades de protección al consumidor participantes y, a partir de ello, evaluar las acciones necesarias para proponer mejoras al sistema de protección al consumidor en nuestro país; Que, en atención a las consideraciones expresadas, el viaje de representación de la citada funcionaria resulta de interés nacional, por lo cual se estima necesario autorizar su participación, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurra la participante, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; Que, a fin de facilitar la participación del representante de INDECOPI, la Dirección de Apoyo al Consumidor de Costa Rica y el Programa COMPAL de la UNCTAD, cubrirán los costos de alojamiento y manutención de nuestro representante, del 11 al 14 de setiembre del año en curso; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios púbicos; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Anahí del Milagro Chávez Ruesta, Directora de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 11 al 16 de setiembre de 2016, a la Provincia de Guanacaste, República de Costa Rica.

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