Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2016 (30/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Martes 30 de agosto de 2016 /

El Peruano

realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Jakarta, República de Indonesia, Seúl, República de Corea y Hong Kong, República Popular China, del señor Victor Germán Sarabia Molina, del 30 de agosto al 11 de setiembre de 2016, para que en representación de PROMPERÚ participe en los eventos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US $ 3 279,00

Nombres y apellidos Victor Germán Sarabia Molina

Viáticos Nº Total día días Viáticos 500,00 11 5 500,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Victor German Sarabia Molina presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante los eventos a los que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General 1422083-1

Nº 032-2007-ED, estipulan que el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC, es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica SINACYT, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera; encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica; Que, mediante el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 006-2016-MC, se creó la Comisión Multisectorial permanente, que depende el Ministerio de Cultura, denominada Comisión Multisectorial para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes, y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas y Originarios; Que, conforme al Artículo 2 del citado Decreto Supremo, dicha Comisión Multisectorial tiene como objeto elaborar informes técnicos con propuestas de diseño de instrumentos normativos en materia de salvaguardia, protección, promoción, y revalorización de los conocimientos, saberes, y prácticas tradicionales y ancestrales de los pueblos indígenas u originarios, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de los mismos una vez que sean aprobados; Que, de acuerdo a lo establecido en la mencionada norma, la citada Comisión Multisectorial estará integrada, entre otros, por un representante titular y un alterno del CONCYTEC, designados mediante resolución de su titular. Disponiendo además que el representante titular, en el caso de las entidades públicas distintas a los ministerios, deberá ostentar el cargo de máxima autoridad ejecutiva; Que, en ese sentido, corresponde designar a los representantes titular y alterno del CONCYTEC ante la referida Comisión Multisectorial; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Directora (e) de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI, y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), y el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes, titular y alterno, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, ante la Comisión Multisectorial para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes, y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas y Originarios, a las siguientes personas: Representante Titular: - María Gisella Orjeda Fernández, Presidenta del Consejo Directivo del CONCYTEC. Representante Alterno: - Miguel Ángel Ayquipa Elguera, Especialista de la Subdirección de Ciencia, Tecnología y Talentos de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI del CONCYTEC. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a los citados servidores, y al Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1422401-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Designan representantes del CONCYTEC ante la Comisión Multisectorial para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes, y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas y Originarios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 122-2016-CONCYTEC-P Lima, 26 de agosto de 2016 VISTO: Los Oficios Múltiples Nº 57 y Nº 59-2016-VMI/ MC, del 5 y 12 de agosto del 2016, del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, y el Informe Nº 251-2016-CONCYTEC-DPP, del 17 de agosto del 2016, de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 9 y 10 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo

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