Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2016 (11/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 11 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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señala que existiendo a la fecha gran demanda por parte de los contribuyentes que desean acogerse a los alcances de la misma y para garantizar la recaudación del próximo mes, solicita que vía Decreto de Alcaldía, se PRORROGUE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016, los alcances de dicho BENEFICIO TRIBUTARIO aprobados con Ordenanza Nº 475-MDB; Que, con Informe Nº 523-2016-GR-MDB, la Gerencia de Rentas, Informa que en los meses de setiembre la recaudación fue de S/. 1, 259,491.81 en el mes de octubre la recaudación fue de S/. 960,313.42 habiéndose notado una tendencia progresiva decreciente tal como se pudo verificar hasta el 19 de noviembre, sin embargo tal como se tenía previsto en la estrategia de recaudación para los dos últimos meses los efectos de los Beneficios aprobados con la Ordenanza Nº 475-MDB, los resultados logrados en los últimos 10 días del mes de noviembre se alcanzó la recaudación de S/. 1,737,803.3, resultado bastante favorable, por lo que para garantizar el cumplimiento de las metas propuestas para el mes de diciembre, se solicita que se prorrogue vía Decreto de Alcaldía, el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria; considerando que existe una gran demanda por parte de los contribuyentes que desean acogerse a los alcances de la misma y para garantizar la recaudación del mes de diciembre. Es política institucional establecer los mecanismos que nos permitan reducir la cartera morosa y brindar facilidades a los vecinos para poder cumplir con la cancelación de sus adeudos tributarios, en atención a la expectativa de los contribuyentes a que continúe los Beneficios Tributarios dado el corto tiempo de su vigencia; por consiguiente la propuesta presentada por la Gerencia de Rentas, cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 571-2016-GAJ/MDB; de igual modo la Gerencia de Planificación Presupuesto, Racionalización, OPI y Cooperación Interinstitucional con Memorándum Nº 1441-2016-GPPROPICI, considera viable la aprobación del Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 6º y 20º numeral 6) Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre del 2016, el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria aprobado con Ordenanza Nº 475-MDB, que incentiva el pago condonando los intereses y su capitalización al 100% de los adeudos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, cumpliendo las condiciones establecidas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el estricto cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Breña disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Estadística e Informática efectuar la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal web institucional (www.munibrena.gob.pe) dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL A. WU HUAPAYA Alcalde 1462301-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 113-2016-MDL Lince, 2 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTO: El Memorando Nº 343-2016-MDL-GSAT de fecha 06 de setiembre de 2016, emitido por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Informe Nº 669-2016-MDL-GAJ de fecha 30 de noviembre 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 74º y 194º reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1332015-MDL de fecha 29 de abril de 2015, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, mediante Memorando Nº 343-2016-MDLGSAT de fecha 06 de setiembre de 2016, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria remite la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Lince, por el cual consolida las propuestas de actualización de tarifarios e incorporación de nuevos servicios a prestar por las áreas generadoras de ingresos complementarios debidamente analizadas por la Subgerencias de Registro y Atención al Contribuyente y la Subgerencia de Rentas; Que, en ese sentido, la citada propuesta incorpora servicios específicos a cargo de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen, la Subgerencia de Desarrollo Económico y la Subgerencia de Desarrollo Humano a través de sus equipos funcionales; Que, mediante Informe Nº 669-2016-MDL-GAJ de fecha 30 de noviembre de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica encuentra conforme la propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Lince; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Lince, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología la publicación del íntegro del anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince: www.munilince.gob.pe. Articulo Tercero. - DEROGAR las normas de similar naturaleza que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1462317-1

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