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606257 NORMAS LEGALES Domingo 11 de diciembre de 2016 El Peruano / en el artículo tercero, incisos a) y b); y asimismo, disponer el cierre de turno del 1° al 6° Juzgado de Paz Letrado Permanente de Surco y San Borja, hasta que estos equiparen su carga procesal con el 7° y 8° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de los mismos distritos. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 977-2016 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Ruidias Fárfan por encontrarse con licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto lo dispuesto en el artículo tercero, incisos a) y b), de la Resolución Administrativa N° 270-2016-CE-PJ de fecha 19 de octubre de 2016, quedando vigente las demás disposiciones contenidas en dicho artículo. Artículo Segundo.- Cerrar el turno para el ingreso de expedientes del 1° al 6° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de los Distritos de Surco y San Borja, Corte Superior de Justicia de Lima, hasta que se equipare la carga procesal entre estos Juzgados de Paz Letrado y el 7° y 8° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de los mismos distritos. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ofi cina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1462311-4 Prorrogan plazo de funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 316-2016-CE-PJ Lima, 30 de noviembre de 2016 VISTOS: El Ofi cio N° 1349-2016-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 076-2016-OPJ-CNPJ-CE/PJ, remitidos por el señor Jefe de la Ofi cina de Productividad Judicial; así como el Ofi cio N° 1620-2016-P-ETII.NLPT-CE-PJ, del señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resoluciones Administrativas Nros. 058-2016-CE-PJ; 215-2016-CE-PJ y 241-2016-CE- PJ, se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2016, el funcionamiento del Juzgado de Trabajo Transitorio y el 4° Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio de Trujillo,