Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2016 (16/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Res. Nº 6393-2016.- Autorizan a la Financiera TFC el traslado de oficina especial situada en el departamento de Lambayeque, la conversión en oficina especial de agencia y cierre temporal de oficina especial en el departamento de Lima 606726 Res. Nº 6400-2016.- Autorizan el funcionamiento de "Liberty Seguros S.A.", como una empresa de seguros de ramos generales 606726 Res. Nº 6404-2016.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 606727 Res. Nº 6431-2016.- Autorizan a Scotiabank Perú la apertura de oficina especial temporal y cierre de oficina especial en los departamentos de Lima y Lambayeque 606727

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA D.A. Nº 06-2016/MDI.Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de Independencia 606730 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA R.A. Nº 160-2016-ALC/MDPP.- Dejan sin efecto la R.A. Nº 477-2014/ALC-MDPP, declaran aprobada habilitación urbana de oficio de predio rural ubicado en el distrito y dictan diversas disposiciones 606731 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Ordenanza Nº 445-MDSR.- Ordenanza que adecua y regula procedimientos de otorgamiento de la licencia de funcionamiento en el distrito 606733

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO D.A. Nº 008-2016-MDB.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 461-MDB, que establece Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito 606728 R.A. N° 647-2016-MDB/ALC.- Nombran Auxiliar Coactivo de la Municipalidad 606728 MUNICIPALIDAD DE BREÑA R.A. Nº 568-2016-MDB.- Conforman el Comité que llevará a cabo Concurso Público de Méritos para la selección de Auxiliar Coactivo, aprueban cronograma y etapas del proceso 606729

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Nº 030-2016.- Modifican la Ordenanza N° 000037, que aprobó la Política Ambiental del Callao y crean el Sistema Local de Gestión Ambiental y la Comisión Ambiental Municipal del Callao 606734

SEPARATA ESPECIAL
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 342-2016-EF.- Arancel de Aduanas 2017 606472

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30526
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

2.2. Dispónese que en un plazo de noventa días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente ley, el Ministerio de Salud emite la resolución ministerial para determinar los órganos a los cuales se transfieren las competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Dentro de este mismo plazo, también culmina el proceso de transferencia. 2.3. En tanto se lleve a cabo el proceso de transferencia referido en el párrafo 2.2., el Ministerio de Salud emite las normas correspondientes para garantizar la continuidad de la prestación de servicios y el desarrollo de las competencias y funciones asignadas al Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 3. Disposiciones adicionales e informe al Congreso de la República 3.1. Mediante decreto supremo refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a propuesta de este último, se dictan las disposiciones económicas y presupuestales adicionales necesarias para culminar el proceso de transferencia referido en el párrafo 2.2. del artículo 2. 3.2. El Ministerio de Salud, al término del proceso de transferencia referido en el párrafo 2.2. del artículo 2, informa a la Comisión de Salud y Población del Congreso de la República sobre la culminación del mismo. Artículo 4. Informe de control Encárgase a la Contraloría General de la República que realice una acción de control sobre la gestión

LEY QUE DESACTIVA EL INSTITUTO DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
Artículo 1. Objeto de la Ley Desactívase el Instituto de Gestión de Servicios de Salud creado por el Decreto Legislativo 1167 como un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Salud. Artículo 2. Transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud 2.1. El Ministerio de Salud asume las competencias y funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, garantizando la continuidad de la prestación de los servicios de salud que correspondan.

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