Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2016 (27/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
PROYECTO

Martes 27 de diciembre de 2016 /

El Peruano

pública con código unificado N° 2240533 "Instalación del Servicio de Agua del Sistema de Riego La Playa en las Comunidades Campesinas de Sacsay y Llama, Distrito de Huayllabamba - Sihuas - Ancash", correspondiente a la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, contemplado en el Decreto Supremo N° 131-2016-EF, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 30372, en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 2682-2016-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las Transferencias o Habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Huayllabamba, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 600 000,00), para financiar la ejecución de un (01) proyecto de inversión pública de infraestructura de riego; De conformidad con lo establecido en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 600 000,00), a favor del pliego 021906: Municipalidad Distrital de Huayllabamba, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar la ejecución del proyecto de inversión pública con código unificado N° 2240533 "Instalación del Servicio de Agua del Sistema de Riego La Playa en las Comunidades Campesinas de Sacsay y Llama, Distrito de Huayllabamba Sihuas - Ancash", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

2240533 : Instalación del Servicio de Agua del Sistema de Riego La Playa en las Comunidades Campesinas de Sacsay y Llama, Distrito de Huayllabamba - Sihuas - Ancash

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 600 000,00 ------------------TOTAL EGRESOS 600 000,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Información El pliego habilitado en el presente Decreto Supremo informará al Ministerio de Agricultura y Riego el avance físico y financiero de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adendas suscritas, para efectos de las acciones de verificación y seguimiento a que se refiere el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 30372. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1467440-3

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 1 : Recursos Ordinarios 600 000,00 ------------------600 000,00 =========== En Soles

A LA: SECCIÓN SEGUNDA PLIEGO

: Instancias Descentralizadas 021906 : Municipalidad Distrital de Huayllabamba PROGRAMA PRESUPUESTAL 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hídricos para Uso Agrario

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