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608394 NORMAS LEGALES Martes 27 de diciembre de 2016 / El Peruano Nombres y ApellidosCargo Órgano NivelÓrgano DesconcentradoRégimen Laboral Lic. Mario Antonio García CamachoJefe de Ofi cinaOfi cina de Personal de la Ofi cina Ejecutiva de AdministraciónF-3Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - JapónD.Leg. N° 276 Ing. Guillermo Boris Díaz TrigosoJefe de Ofi cina Ofi cina de Servicios Generales y Mantenimiento de la O fi cina Ejecutiva de AdministraciónF-3 Hospital Santa RosaD.Leg. N° 276 M.C. Jesús Salcedo ParedesCoordinador TécnicoDirección EjecutivaDirección de Red de Salud Lima Norte VID.Leg. N° 1057 M.C. Elvis Julio Buendia FloresJefe de Ofi cinaOfi cina de Desarrollo InstitucionalDirección de Red de Salud Lima Norte VID.Leg. N° 1057 Abg. Sergio Óscar Collazos RománJefe de Ofi cinaOfi cina de AdministraciónDirección de Red de Salud Lima Norte VID.Leg. N° 1057 M.C. Aníbal Andrés Pariamachi ValdiviezoJefe de Ofi cina Ofi cina de Cooperación Cientí fi ca InternacionalF-3Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado – Hideyo Noguchi”D.Leg. N° 276 Artículo 6.- PUBLICAR la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO FUENTES TAFUR Jefe InstitucionalInstituto de Gestión de Servicios de SaludIGSS EN PROCESO DE TRANSFERENCIA 1467422-1 Designan Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Hospital Nacional Arzobispo Loayza RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 435-2016-HNAL/DG Lima, 26 de diciembre del 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley 30057 se aprobó la Ley del Servicio Civil, que estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación del servicio a cargo de estas; Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se aprobó el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, estableciéndose en el Artículo IV de su Título Preliminar, y sólo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que se considera como Entidad Pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley N° 28411 de una Entidad Pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumplan los siguientes criterios: a) Tener competencia para contratar, sancionar y despedir; b) contar con una o fi cina de recursos humanos o la que haga sus veces, un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que hagas sus veces; y, c) contar con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece de fi niéndola como Entidad Pública Tipo B; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167, se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud; asumiendo, entre otras funciones, la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de los Institutos Especializados, Hospitales Nacionales y Órganos Desconcentrados de Lima Metropolitana; califi cándose como Entidad Pública Tipo A; Que, mediante Resolución Jefatural N° 39-2015/IGSS, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de febrero de 2015, se de fi nió al Hospital Nacional Arzobispo Loayza, entre otros, como Entidad Pública Tipo B del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, para los efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos a que hace referencia el Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley N° 30057, concordante con el artículo 94 de su Reglamento General, las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la Entidad, el cual puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones. El Secretario Técnico es el encargado de precali fi car las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública; Que, mediante Resolución Directoral N°098-2015- HNAL/D de fecha 02 de marzo del año 2015, se designó a la Abogada Liz Caro Aguilar Güarniz como Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Hospital Nacional Arzobispo Loayza, Entidad Pública Tipo B del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, por razones del servicio, se considera necesario dar por concluida la designación efectuada mediante la resolución directoral antes mencionada, y designar a la persona que asumirá la función de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Hospital Nacional Arzobispo Loayza; Que, de otro lado, a través de la Ley N° 30526, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de diciembre de 2016, se desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud creado por el Decreto Legislativo N° 1167, disponiéndose además que el Ministerio de Salud asume las competencias y funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, garantizando la continuidad de la prestación de los servicios de salud que correspondan; Que, asimismo, los numerales 2.2 y 2.3 del artículo 2 de la acotada Ley N° 30526, establecen que el proceso de transferencia del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud culmina en un plazo de 90 días calendario contados a partir de su vigencia, previendo además que, en tanto se lleve a cabo el proceso de transferencia, el Ministerio de Salud emite la normas correspondientes para garantizar la continuidad de la prestación de servicios y el desarrollo de las competencias y funciones asignadas al Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, en atención a ello, mediante Resolución Ministerial N° 974-2016/MINSA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de diciembre de 2016, se dispone el inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30526, conformándose una Comisión de Transferencia para dicho efecto; asimismo, el artículo 4 de la citada Resolución Ministerial dispone la continuidad de los sistemas administrativos a cargo de los órganos y unidades ejecutoras del Instituto de Gestión de Servicios de Salud en el marco de la normativa vigente, y en tanto dure el proceso de transferencia; Con el visado de la Directora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Administración, del Jefe de la O fi cina de Personal y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Hospital Nacional Arzobispo Loayza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Jefatural N° 39-2015/IGSS; la Ley N° 30526; y la Resolución Ministerial Nº 974-2016/MINSA;