Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2016 (05/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 5 de enero de 2016 /

El Peruano

Presupuesto del Sector Público para al Año Fiscal 2016; Que, los Planes Operativos Institucionales, además, se elaboran teniendo en cuenta el Plan Estratégico Institucional, el cual que debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales; Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, en cumplimento de las funciones que le han sido asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y normas modificatorias, ha elaborado el Plan Operativo Institucional 2016 del MINCETUR, consolidando las propuestas formuladas por las distintas dependencias del Ministerio, que contienen las metas y acciones a desarrollar, en concordancia con los objetivos y acciones del Ministerio contenidas en sus Planes Nacionales; De conformidad con el TUO de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional 2016 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración, que en Anexo adjunto, de noventa y tres (93) folios, debidamente visado y sellado, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los funcionarios responsables de los órganos y/o unidades orgánicas del MINCETUR darán estricto cumplimiento al Plan Operativo Institucional 2016, bajo responsabilidad, y deberán presentar, dentro de los diez días siguientes de concluido cada trimestre, un informe sobre avances en su ejecución, a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, para su evaluación, quien dará cuenta al Despacho Ministerial. Artículo 3º.- Los funcionarios responsables de los órganos y/o unidades orgánicas podrán presentar a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo las propuestas de modificación del Plan Operativo Institucional 2016 que consideren pertinente, debidamente fundamentadas. Las modificaciones del Plan Operativo Institucional 2016, por incorporación o supresión de actividades, implicarán, necesariamente, efectuar modificaciones en el presupuesto asignado para su financiamiento; de igual modo, el incremento o disminución del presupuesto asignado a cada meta requerirá la modificación de su programación de actividades. Las modificaciones del Plan Operativo Institucional 2016 serán aprobadas previa evaluación e informe de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1329713-1

de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 5628 CCFFAA/SG/CIOEC, del 22 de diciembre de 2015, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 06 al 14 de enero del 2016, con la finalidad de sostener reuniones con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 06 al 14 de enero de 2016, con la finalidad de sostener reuniones con miembros del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1399-2015 DE/SG Lima, 31 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 824 del 15 de diciembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio

1329833-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican la R. S. N° 049-2015-EF, en el extremo referido al monto de los pasajes aéreos
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2016-EF Lima, 4 de enero de 2016

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