Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2016 (05/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 5 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

574509

Aprueban Norma Técnica denominada "Norma que orienta la selección y contratación de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS), para el año 2016"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 099-2015-MINEDU Lima, 31 de diciembre de 2015 Vistos, el Expediente N° 197265-2015, el Informe 079-2015-MINEDU/VMGI-DIGEGED-DIFOCA/ERRHHER, el Informe N° 994-2015-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, dispone que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, de acuerdo con el literal h) del artículo 80 de la citada Ley, el Ministerio de Educación tiene como función definir las políticas sectoriales de personal; Que, el artículo 163 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección General de Gestión Descentralizada es el órgano responsable de promover una gestión descentralizada orientada a la prestación de servicios educativos de calidad a través de la articulación y fortalecimiento de las relaciones con los diferentes niveles de gobierno, la mejora continua del desempeño de las Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y las Unidades de Gestión Educativa Local; y el fortalecimiento de las capacidades del personal de estas instancias; Que, mediante Informe Nº 079-2015-MINEDU/ VMGI-DIGEGED-DIFOCA/ERRHHER, la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades sustenta la necesidad de establecer disposiciones que orienten el proceso de contratación de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios, con la finalidad de coadyuvar a que dichas instancias puedan contar con el personal idóneo para fortalecer su gestión; así como brindar los perfiles, requisitos y funciones del referido personal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Norma que orienta la selección y contratación de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS), para el año 2016", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO SILVA MACHER Viceministro de Gestión Institucional 1329830-1

Aprueban los "Lineamientos para la Gestión Educativa Descentralizada"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 938-2015-MINEDU Lima, 31 de diciembre de 2015 Vistos, el Expediente N° 160342-2015 y el Informe Nº 978-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala entre los objetivos de la descentralización, la unidad y eficiencia del Estado mediante la distribución ordenada de las competencias públicas y la adecuada relación entre los distintos niveles de gobierno y la administración estatal, así como a la debida asignación de competencias para evitar la duplicidad de funciones y recursos, y la elusión de responsabilidades en la prestación de los servicios; Que, conforme a lo señalado en el artículo 63 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, la gestión del sistema educativo nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la unidad del sistema. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 de la referida norma, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el numeral 2.1, literal k) del Anexo del Decreto Supremo N° 047-2009-PCM, que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009 y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización", señala que la implementación del desarrollo de la gestión descentralizada, implicará identificar los procesos de la gestión compartida, la delimitación de roles por niveles de gobierno, la delimitación de recursos humanos y financieros, bienes, servicios y otros recursos asociados; Que, el literal e) del artículo 47 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen, entre otras funciones, la de promover, regular, incentivar, y supervisar los servicios educativos referidos a la educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población; Que, además, el numeral 2 del artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que éstas tienen la competencia y función específica compartida con el gobierno nacional y el regional en materia de educación para diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, según corresponda, contribuyendo en la política educativa regional y nacional en un enfoque y acción intersectorial; Que, en el marco de las normas antes señaladas, mediante Resolución Ministerial N° 264-2014-MINEDU se aprobaron los "Lineamientos para la Relación Intergubernamental entre el Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales", los cuales proponen mecanismos e instrumentos para desarrollar y sostener las relaciones intergubernamentales entre dos o más niveles de gobierno, con el fin de diseñar, implementar, monitorear y evaluar políticas públicas y estrategias vinculadas a la educación para ofrecer un servicio educativo de calidad; Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 195-2015-MINEDU, se oficializa la Matriz de Gestión

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