Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2016 (05/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 5 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
Pliegos: Gobierno Nacional Ministerio de Justicia (Anexo 1) Ministerio del Interior (Anexo 2) Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI (Anexo 2) Gobiernos Locales (Anexo 3): Municipalidad Distrital Jesús Nazareno, Ayacucho Municipalidad Distrital de Vilcanchos, Ayacucho Municipalidad Distrital de San Antonio de Cachi, Andahuaylas. Municipalidad Distrital de Túcume, Lambayeque Municipalidad Distrital de Callalli, Arequipa Municipalidad Provincial de Lima Municipalidad Provincial de Trujillo Municipalidad Distrital de Uranmarca Municipalidad Distrital de Cayaltí - Lambayeque

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iv) Las modificaciones propuestas guardan correspondencia con los acuerdos adoptados por el Comité de Administración del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana mediante Acta de Sesión del 4 de noviembre 2015. Que, la propuesta señalada en el considerando precedente ha sido validada por la Dirección General de Planificación y Presupuesto mediante Oficio N° 0026982015/IN/DGPP, del 15 de diciembre de 2015; Que, debe indicarse que mediante Ley N° 30381, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de diciembre de 2015, se establece el cambio de nombre de la unidad monetaria del Perú de Nuevo Sol a Sol, disponiendo el artículo 2° la modificación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 10 de la Ley 25295, Ley que establece como unidad monetaria del Perú, el "Nuevo Sol" divisible en 100 "céntimos", cuyo símbolo será "S/.", de manera tal que toda referencia al Nuevo Sol se debe entender como Sol, cuyo símbolo es "S/"; norma que de conformidad con lo señalado en el artículo 5° entró en vigencia al día siguiente de su publicación oficial; De conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el primer listado de (08) de proyectos de inversión priorizados que serán ejecutados bajo la modalidad de obras por impuestos, con cargo a los recursos del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, conforme al Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 1133-2014-IN/DGPP, del 5 de noviembre de 2014, en lo correspondiente a su artículo 1º, que forma parte de la presente Resolución, en los siguientes términos: DICE: "Artículo 1º.- Transferencia de Recursos Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana por el importe de sesenta y seis millones trescientos cuarenta y tres mil quinientos setenta y 74/100 Nuevos Soles (S/. 66 343 570,74), a las siguientes entidades:
Pliegos: Gobierno Nacional Ministerio de Justicia (Anexo 1) Ministerio del Interior (Anexo 2) Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI (Anexo 2) Gobiernos Locales (Anexo 3): Municipalidad Distrital Jesús Nazareno, Ayacucho Municipalidad Distrital de Vilcanchos, Ayacucho Municipalidad Distrital de San Antonio de Cachi, Andahuaylas. Municipalidad Distrital de Túcume, Lambayeque Municipalidad Distrital de Callalli, Arequipa Municipalidad Provincial de Lima Municipalidad Provincial de Trujillo Municipalidad Distrital de Uranmarca

S/ 20 806 965,00 S/ 32 514 939,10 S/ S/ S/ S/ S/ S/ S/ S/ S/ S/ 500 000,00 2 240 738,00 793 502,90 272 860,74 884 809,00 1 598 990,00 4 404 770,00 766 558,00 1 062 439,00 496 999,00"

Los Anexos 02 y 03 de la Resolución Ministerial Nº 1133-2014-IN/DGPP, del 5 de noviembre de 2014, se reemplazarán con los Anexos 02 y 03 de la presente Resolución. Artículo 3.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 1133-2014-IN/DGPP del 5 de noviembre de 2014, en lo correspondiente a su Artículo 2, conforme al Anexo 04 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1329880-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procuradora Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica del Estado peruano ante la Corte del Distrito Sur de Florida de los Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2016-JUS
S/. 20 806 965,00 S/. 33 011 938,10 S/. 500 000,00

Lima, 4 de enero de 2016 VISTO, el Oficio Nº 4348-2015-JUS/CDJE, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo N° 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto Legislativo mencionado, la defensa del Estado en sedes jurisdiccionales extranjeras se encuentra a cargo de Procuradores Ad Hoc, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Legislativo antes señalado, establece que el Procurador

S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/.

2 240 738,00 793 502,90 272 860,74 884 809,00 1 598 990,00 4 404 770,00 766 558,00 1 062 439,00

DEBE DECIR: "Artículo 1º.- Transferencia de Recursos Apruébese la asignación financiera de los recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana por el importe de sesenta y seis millones trescientos cuarenta y tres mil quinientos setenta y 74/100 Soles (S/ 66 343 570,74), a las siguientes entidades:

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