Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2016 (05/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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- Lina Esther Varillas Vílchez. - Filomeno Rufino Pereyra Campos. - Juan Raúl López Torres. - María Concepción Acosta Aguilar.

NORMAS LEGALES

Martes 5 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 2.- Los Fedatarios designados en el artículo anterior desempeñarán sus funciones en forma ad honórem y el servicio que brinden, será totalmente gratuito. Artículo 3.- Los Fedatarios designados quedan obligados a llevar un Registro de documentos autenticados y certificados, consignando los actos que autentiquen y las certificaciones que realicen en el ejercicio de sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1329883-1

Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 051-2013-EF; y su modificatoria la Resolución Directoral N° 026-2015-EF/52.01. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y modificatorias; y la Ley Nº 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2016; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Programa de Subastas de Letras del Tesoro Público para el Año Fiscal 2016, el mismo que está contenido en el Anexo Nº 3 de la "Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2015-2018", aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 398-2015-EF/52. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Aprueban el Programa de Subastas de Letras del Tesoro Público para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2016-EF/52.01 Lima, 4 de Enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, establece que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a efectuar la emisión y colocación de Letras del Tesoro Público; Que, asimismo, el artículo 70 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, modificado por la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30116, dispone que la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, aprueba con resolución directoral, el Programa de Subastas de las Letras del Tesoro Público, concordante con la Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos; Que, en adición, el artículo 7 de la Ley Nº 30374, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año 2016, señala que el monto máximo de saldo adeudado al 31 de diciembre de 2016, por la emisión de las Letras del Tesoro Público, no puede ser mayor a la suma de S/ 1 500 000 000,00 (MIL QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, de acuerdo con el Cronograma del Programa de Subastas Ordinarias de Títulos del Tesoro, publicado como Anexo Nº 3 de la "Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2015-2018", aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 398-2015-EF/52, durante el Año Fiscal 2016, se ha previsto realizar 04 (cuatro) subastas mensuales de Letras del Tesoro; con plazos de referencia de 3, 6, 9 y 12 meses, disponiéndose que el primer y tercer martes de cada mes, se ofertan las Letras del Tesoro con plazos a 3 y 9 meses, y que el segundo y cuarto martes se subastan las Letras del Tesoro con plazos a 6 y 12 meses. Que, en tal sentido, se requiere aprobar el Programa de Subastas de Letras del Tesoro Público para el Año Fiscal 2016 de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 y su modificatoria; Que, en adición, la citada emisión de instrumentos de deuda se realizará con sujeción al Reglamento de

VALENTÍN COBEÑAS AQUINO Director General (e) Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público 1329882-1

EDUCACION
Aceptan renuncia de Asesora II del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 005-2016-MINEDU Lima, 4 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 155-2015MINEDU se designó a la señora MIRTHA AGUSTINA RAZURI ALPISTE en el cargo de Asesora II del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, la referida funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora MIRTHA AGUSTINA RAZURI ALPISTE al cargo de Asesora II del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada de la Cartera de Educación 1329879-1

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