Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2016 (25/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Lunes 25 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

576447

Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2204-2015MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 467-2002-MTC/15.03, renovada por Resolución Viceministerial N° 571-2013-MTC/03, de titularidad de la señora DEYSI ARACELI CASTRO MUNDACA, a favor de la empresa RADIO DIFUSION LA NORTEÑA E.I.R.L., y reconocer a este última, como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 467-2002MTC/15.03, renovada por Resolución Viceministerial N° 571-2013-MTC/03, de titularidad de la señora DEYSI ARACELI CASTRO MUNDACA, a favor de la empresa RADIO DIFUSION LA NORTEÑA E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa RADIO DIFUSION LA NORTEÑA E.I.R.L., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 467-2002-MTC/15.03, renovada por Resolución Viceministerial N° 571-2013MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1337063-1

Declaran aprobada renovación de autorización otorgada a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en la localidad de Huancavelica - Ascensión, departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 0017-2016-MTC/03 Lima, 7 de enero de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2014-056485 del 04 de setiembre de 2014, mediante el cual el señor GILMER CORTEZ CAUCHOS, solicita la renovación de la autorización renovada por Resolución Viceministerial N° 402-2010-MTC/03;

Que, con Resolución Ministerial Nº 025-95-MTC/15.17 del 13 de enero de 1995, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de enero de 1995, se autorizó a la empresa RADIO MAR S.A. por el plazo de 10 años, el establecimiento de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la provincia y departamento de Huancavelica, conforme a lo dispuesto en el artículo 1º de la citada resolución; Que, por medio de la Resolución Viceministerial Nº 805-2007-MTC/03 del 19 de octubre de 2007, se declaró aprobada, entre otras, la transferencia de la autorización otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 02595-MTC/15.17 a favor de la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C.; Que, con Resolución Viceministerial N° 402-2010MTC/03 del 28 de mayo de 2010, se declaró aprobada al 04 de enero de 2008, la renovación de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 025-95-MTC/15.17 a la empresa CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C. para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huancavelica ­ Ascensión, departamento de Huancavelica, con vencimiento al 20 de enero de 2015. Asimismo, se declaró aprobada la transferencia de dicha autorización, a favor del señor GILMER CORTEZ CAUCHOS; Que, con escrito de Visto, el señor GILMER CORTEZ CAUCHOS solicitó la renovación de la autorización otorgada con Resolución Ministerial N° 025-95-MTC/15.17 y renovada con Resolución Viceministerial N° 402-2010MTC/03; Que, el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19º de la Ley de Radio y Televisión establece, entre otros, que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto al silencio administrativo positivo, conforme a lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, en su artículo 2º señala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 2135-2015MTC/28 opina que debe declararse aprobada, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial N° 025-95-MTC/15.17 y renovada con Resolución Viceministerial N° 402-2010-MTC/03, de titularidad del señor GILMER CORTEZ CAUCHOS, al haber transcurrido el plazo máximo del procedimiento de renovación de la autorización y no haberse emitido pronunciamiento expreso, quedando automáticamente aprobada la solicitud de renovación el 27 de febrero de 2015, conforme a lo establecido en la Ley Nº 29060; debiendo expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con la Ley del Silencio Administrativo Positivo ­ Ley Nº 29060; la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278 y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.