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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2016 (25/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

576475 NORMAS LEGALES Lunes 25 de enero de 2016 El Peruano / PROYECTO ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la “Tipificación de infracciones y escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales” Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Que, mediante Acuerdo Nº 001-2016, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 002-2016 del Consejo Directivo realizada el 21 de enero del 2016, se acordó por unanimidad disponer la publicación de la propuesta normativa denominada “Tipi fi cación de infracciones y escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales”, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Supervisión y la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos del OEFA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, así como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8º y Literal n) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la “Tipi fi cación de infracciones y escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales”, en el diario ofi cial El Peruano y el Portal Institucional de la Entidad (www.oefa.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano . Artículo 3º.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida República de Panamá Nº 3542 del distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica consultorasambientales@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº -2016-OEFA/CD Lima, CONSIDERANDO:Que, mediante el Numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito PROYECTO RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 001-2016-OEFA/CD Lima, 21 de enero de 2016VISTOS:Los Informes números 002 y 014-2016-OEFA/OAJ elaborados por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 002-2016-OEFA/DS elaborado por la Dirección de Supervisión y el Informe Nº 002-2016-OEFA/DFSAI elaborado por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización ambiental —a cargo de las diversas entidades públicas del Estado— se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente; Que, el Artículo 3º de la Ley Nº 29968 - Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) atribuye al OEFA la competencia para fi scalizar y sancionar a las consultoras ambientales que formen parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del Senace; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29968 otorga al OEFA la facultad de tipi fi car las infracciones y establecer la escala de sanciones correspondientes al incumplimiento de las normas que regulan el Registro Nacional de Consultoras Ambientales; Que, el Artículo 26º del Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la elaboración de estudios ambientales, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2013-MINAM establece que el OEFA debe tipi fi car y sancionar el incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta norma; Que, el Artículo 136º de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente contempla las sanciones aplicables a las personas naturales o jurídicas que cometan infracciones en materia ambiental; Que, en ejercicio de su función normativa, el OEFA ha elaborado una propuesta de “Tipi fi cación de infracciones y escala de sanciones aplicable a las Consultoras Ambientales”, proyecto normativo que previamente a su aprobación debe ser sometido a consulta pública con la fi nalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el Artículo 39º del Reglamento sobre