Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2016 (04/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Sábado 4 de junio de 2016 /

El Peruano

13.10. Las atribuciones y responsabilidades de los Agentes Participantes son: a) Proponer proyectos de inversión o ideas de proyecto de impacto local en el marco del Plan de Desarrollo Local Concertado, teniendo en cuenta que alcance al mayor número de beneficiarios posible. El Agente Participante que proponga el proyecto, será responsable de llenar los datos de la Ficha de Proyecto respectiva. b) El Agente Participante deberá asistir de manera obligatoria y con puntualidad a la capacitación de agentes y talleres de trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo. Participar con voz y voto en los talleres y/o toma de decisiones del Proceso del Presupuesto Participativo. c) En la votación para la elección del Comité de Vigilancia y Control, podrán votar sólo los Agentes Participantes titulares o, en su caso el alterno, que en representación de su Organización debidamente acreditada, haya participado en los dos (2) talleres, previos, de capacitación programada. La votación se realizará por mayoría simple. d) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. e) Suscribir las actas y demás Instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. f) Plantear mecanismos de cofinanciamiento para la ejecución de Proyectos de inversión a través de recursos financieros, físicos y/o mano de obra. g) Participar con respeto, como oyente y como orador, evitando frases hirientes e interrupciones. Las intervenciones tendrán una duración máxima de 3 minutos, pudiendo intervenir máximo en 2 oportunidades por organización. h) Solicitar el uso de la palabra al moderador. Si durante los talleres algún Agente Participante incurre en las siguientes faltas: · Agresión verbal que pudiera producirse entre actores del Presupuesto Participativo. · Interrumpir de manera constante la Intervención de otros Agentes Participantes. Se aplicarán sanciones según la gravedad o reiteración de las faltas: · Si es primera vez, el responsable de la conducción de los talleres llamará al orden al agente participante que altere el normal desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, invitándolo a guardar orden en el citado proceso. · Si es segunda vez, el responsable de la conducción de los talleres, hará notar la falta verbalmente al Agente Participante que incurrió en ella, haciéndolo constar en Actas. · Si ocurre en una tercera oportunidad, se le invitará al Agente Participante para que se retire del taller, dejando la debida constancia en actas, lo cual será comunicado por escrito a la organización que representa, a fin que designe a un nuevo representante, · La aplicación de las sanciones previstas se aplican progresivamente, conforme al comportamiento de cada agente participante en cada uno de los talleres; debiéndose precisar que las sanciones antes mencionadas son acumulativas de un taller a otro. En los siguientes casos la sanción a aplicar será la cancelación de la acreditación de la organización en el proceso, sin ser necesaria la reiteración: · Asistir a los talleres de trabajo en evidente estado etílico o alterado por consumo de drogas. · Agresión física que pudiera producirse entre los actores del Presupuesto Participativo. Artículo 3º.- Modificar; el artículo 16º de la Ordenanza Nº 272-MDA, en el numeral 16.3., tal como se detalla a continuación:

16.3. Rendición de cuentas: La rendición de cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual se informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior por la Corporación Municipal y la Sociedad Civil. Para tal efecto las unidades orgánicas responsables del cumplimiento de la ejecución de proyectos, emitirán un informe a la Gerencia de Planificación Estratégica indicando el estado situacional de los proyectos para su consolidación respectiva a través de la Subgerencia de Presupuesto. El equipo técnico realizará un resumen ejecutivo que contenga la información básica del taller de rendición de cuentas, la misma que debe ser publicada en el portal institucional de la Municipalidad de Ate. Artículo 4º.- Agréguese, en el artículo 17º de la Ordenanza Nº 272-MDA, el siguiente texto: Los miembros del Comité de Vigilancia y Control elegidos para un periodo, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato, a efectos de generar y/o promover mayor participación ciudadana. Artículo 5º.- Modificar, la primera disposición complementaria de la Ordenanza Nº 272-MDA, e incluir la Segunda disposición complementaria, tal como se detalla a continuación: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En el marco del rol de los actores del proceso de Presupuesto Participativo, corresponde al Concejo Municipal, la fiscalización del desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, para tal fin, se informará periódicamente a la Comisión de Planificación Estratégica, Administración y Finanzas. Segunda.- Las Unidades Formuladoras y Ejecutoras, en el Marco del SNIP (Sistema Nacional de Inversión Pública), de la Municipalidad Distrital de Ate, son las encargadas de brindar información al Comité de Vigilancia y Control del ejercicio fiscal respectivo, así como a toda parte interesada que lo requiera, conforme al marco normativo que la faculte, sobre el avance de la ejecución de los proyectos de inversión priorizados en el Proceso del Presupuesto Participativo. Artículo 6º.- Agréguese, las siguientes disposiciones finales a la Ordenanza Nº 272-MDA, tal como se detalla a continuación: DISPOSICIONES FINALES Sexta.- Ratifíquese el resto del contenido de la Ordenanza Nº 272-MDA, y dispóngase que la Gerencia de Planificación Estratégica, remita y difunda un Texto Único Ordenado con las modificaciones aprobadas en la presente Ordenanza, la que será aprobada con Decreto de Alcaldía. Séptima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Octava.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de La Municipalidad de Ate www. muniate.gob.pe; en el Portal del Estado Peruano www. peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano www. serviciosalciudadano.gob.pe; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Gerencia de Planificación Estratégica; a la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural y demás áreas competentes, su debido cumplimiento. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1388746-1

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