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590973 NORMAS LEGALES Lunes 27 de junio de 2016 El Peruano / PODER EJECUTIVO INTERIOR Autorizan viaje del Director General de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 185-2016-IN Lima, 27 de junio de 2016 VISTOS; el correo electrónico, de fecha 23 de junio de 2016, de la Jefatura de Protocolo de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia; y, el Memorándum Nº 114-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 23 de junio de 2016, de la Secretaría General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico, de fecha 23 de junio de 2016, la Jefatura de Protocolo de la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia remite adjunto la invitación procedente del Ministerio de Defensa Nacional de la República de Colombia, a fin de que el señor General de Policía Vicente Romero Fernández, Director General de la Policía Nacional del Perú asista a la ceremonia de ascenso e imposición de insignias al grado de General al señor Mayor General Jorge Hernando Nieto Rojas, Director General de la Policía Nacional de Colombia, acto que con asistencia del señor Presidente de la República de Colombia doctor Juan Manuel Santos Calderón, se realizará el 28 de junio de 2016, en el Campo de Ceremonias de la Escuela de Cadetes de Policía “General Francisco de Paula Santander”, situado en la ciudad de Bogotá, Distrito Capital - República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 215-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 23 de junio de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Secretaría General de la Policía Nacional del Perú por disposición de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios del 27 al 28 de junio de 2016, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital - República de Colombia, del señor General de Policía Vicente Romero Fernández, Director General de la Policía Nacional del Perú, para que asista a la ceremonia mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 114-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 23 de junio de 2016, la Secretaría General de la Policía Nacional del Perú por disposición de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, aprueba la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente, señalando que el mismo irroga gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal en la ceremonia indicada, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando de interés institucional la asistencia al referido evento, debiendo señalarse que los gastos que irroga la misma por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del señor General de Policía Vicente Romero Fernández, Director General de la Policía Nacional del Perú, del 27 al 28 de junio de 2016, a la ciudad de Bogotá, Distrito Capital - República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Pers. Total US$ Pasajes aéreos 1,558.00 X 1 = 1,558.00 Viáticos 370.00 X 2 X 1 = 740.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1397395-1