Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2016 (30/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de junio de 2016 /

El Peruano

Que, de acuerdo con la norma señalada en el considerando precedente, el sector desarrollo e inclusión social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, asimismo, conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29792, se dispuso la adscripción al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social de diversos programas sociales, la cual se formalizó a partir del 1 de enero de 2012, según lo señalado en el Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; Que, con el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, se aprobó el vigente Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer"; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se crea el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), el mismo que se encuentra a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, asimismo, mediante lo establecido por el artículo 26 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se dispone que la Unidad Central de Focalización (UCF), a cargo de la operación del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), se encuentra de manera permanente bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, por otro lado, mediante la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se crea el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1197, que aprueba la transferencia para la operación, mantenimiento y ejecución de los proyectos de inversión pública referidos a las plataformas itinerantes de acción social (PIAS), se asigna al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la coordinación de las intervenciones en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad; Que, además, mediante la Ley N° 30435, se crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual dicta las normas y lineamientos, así como establece los procedimientos básicos de dicho sistema; Que, con Oficio N° 00885-2016-CG/DOCI, el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República da la conformidad a las funciones del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7.1.7 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 353-2015-CG; Que, en esa medida, debido a la emisión de las normas señaladas precedentemente, así como de la necesidad de efectuar un ordenamiento de funciones para optimizar los servicios y el uso de recursos, y en mérito a las consideraciones expuestas, se ha formulado el respectivo proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el cual cumple los criterios y condiciones previstos en la normativa especial sobre la materia; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros, y; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión

Social, que consta de cuatro (4) títulos, noventa y cuatro (94) artículos, y de un (01) anexo que aprueba el correspondiente organigrama estructural, los cuales forman parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 2.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado en el artículo precedente, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), el mismo día de la publicación del presente decreto supremo en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones Facúltese al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para que, mediante resolución ministerial, emita las disposiciones necesarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado en el artículo 1 del presente decreto supremo. Segunda.- Efectos presupuestales La aplicación del Reglamento de Organización y Funciones del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se financia con cargo a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1398364-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan la VIII Convención Macrorregional de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0153-2016-JUS Lima, 27 de junio de 2016 VISTO, el Informe Nº 33-2016-JUS/DGDOJ-DDJPN de la Dirección de Desarrollo Jurídico y Proyectos Normativos de la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Desarrollo y Ordenamiento Jurídico ha propuesto la realización de la VIII Convención Macrorregional de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador", que es coorganizada con la Universidad Nacional de San Martín y la Autoridad

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