Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2016 (01/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

579270 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Martes 1 de marzo de 2016 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de funcionaria a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2016-PCM Lima, 29 de febrero de 2016 VISTO: El OF. RE (DGM-OPM) Nº 1-0-B/11 del Ministro y Director de Organismos y Política Multilateral del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO: Que, a través del documento del Visto, el Ministerio de Relaciones Exteriores traslada la invitación del Secretario General de la Organización de Estados Americanos a fin de que el Gobierno del Perú participe, en la Vigésima Sexta Reunión Ordinaria del Comité de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), que se llevará a cabo del 7 al 11 de marzo de 2016. El evento se efectuará en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) ubicada en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, la Convención Interamericana contra la Corrupción constituye el primer instrumento jurídico internacional en el campo de la lucha contra la corrupción, el cual reconoce la trascendencia internacional de la corrupción y la necesidad de promover y facilitar la cooperación entre los países para combatirla; Que, el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) tiene por objetivo la promoción de la implementación de la Convención y contribuir al logro de sus propósitos; el seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados Parte y el análisis de la forma en que están siendo implementados; facilitar la realización de actividades de cooperación técnica; el intercambio de información, experiencia y prácticas óptimas; y, la armonización de las legislaciones. La conferencia de los Estados Parte, conformada por los representantes de dichos Estados, tiene la autoridad y responsabilidad general de instrumentar el citado mecanismo; Que, los eventos descritos en los considerandos precedentes tienen vinculación con las funciones de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, como es realizar el seguimiento y supervisión del cumplimiento del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 ­ 2016, el cual establece como uno de sus objetivos el posicionamiento del Perú en espacios internacionales de lucha contra la corrupción, y a su vez, como estrategia de fortalecer el rol articulador y coordinador de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción para la implementación de los diferentes instrumentos internacionales de lucha contra la corrupción; Que, en tal sentido, resulta de interés para el Estado peruano, la participación de la Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, con la finalidad que integre la delegación peruana y colabore con la asistencia técnica - jurídica que se requiera en las reuniones que se desarrollarán en el marco del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), más aún, si dicha funcionaria ha sido designada como experta titular del Perú ante dicho organismo internacional; para tal efecto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos en los que incurra la citada participante serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Rosmary Marcela Cornejo Valdivia, Coordinadora General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), del 06 al 11 de marzo de 2016, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: ROSMARY MARCELA CORNEJO VALDIVIA Pasajes aéreos (incluido TUUA) US$ 1,487.45 Viáticos x 05 días x 440 US$ 2,200.00 Total US$ 3,687.45 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1350764-1

Aprueban el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2016, con enfoque de Gestión Descentralizada" de la PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045-2016-PCM Lima, 26 de febrero de 2016 Visto, el Informe N° 046-2016-PCM/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que en calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, eleva para aprobación el Proyecto del "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2016, con enfoque de Gestión Descentralizada" de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 188 de la Constitución Política del Perú y, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la descentralización es una política permanente del Estado Peruano, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, que se realiza por etapas en forma progresiva y

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