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579281 NORMAS LEGALES Martes 1 de marzo de 2016 El Peruano / En el caso de los PP que no cuenten con indicadores de desempeño defi nidos, validados por la DGPP y medidos, la programación multianual de gastos y metas se sujeta a lo establecido en el presupuesto del año vigente. Las entidades responsables de los PP deberán trabajar en la defi nición de indicadores de desempeño. La defi nición, medición y revisión de los indicadores de desempeño de los PP se realiza a través de la tabla # 14 del indicador de desempeño (fi cha técnica), correspondiente a los Contenidos mínimos de un Programa Presupuestal (Anexo Nº 2 en la Directiva para los PP vigente).” Artículo 2.- Modifi car los siguientes Anexos de la Directiva N° 002-2015-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual”: - Anexo N° 1 - Cronograma de Reuniones para la Revisión de la Programación Multianual del Gasto Público Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. - Anexo N° 2 - Cronograma de Reuniones para la Sustentación de la Formulación Presupuestaria Anual Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales. - Anexo N° 3 – Cuadro de Plazos Programación y Formulación del Gobierno Nacional y Gobierno Regional - Anexo N° 1/GL – Cuadro de Plazos Programación y Formulación de Gobiernos Locales - Anexo N° 1/ETE - Cronograma de Reuniones de Formulación Presupuestaria de los Organismos Públicos y Empresas No Financieras (ETE) de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Artículo 3.- Modifi car el Clasifi cador Funcional del Sector Público, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 068-2008-EF y modifi cado por la Resolución Directoral N° 002-2011-EF/50.01, de acuerdo a la estructura contenida en el Anexo “Modifi cación del Clasifi cador Funcional del Sector Público” que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral y que será utilizado por las entidades públicas para clasifi car los créditos presupuestarios a partir del año fi scal 2017. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Directoral se publica en el Diario Ofi cial El Peruano. La presente Resolución Directoral y los Anexos a los que se refi ere en su artículo 2, así como el Anexo “Modifi cación del Clasifi cador Funcional del Sector Público” al que se refi ere el artículo 3 de la presente Resolución Directoral se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1350753-1 Designan Director de la Dirección de Acuerdos Marco de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 011-2016-PERÚ COMPRAS Lima, 29 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018, se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo N° 364-2015-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2016-EF se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el cual establece que el cargo de Director de la Dirección de Acuerdos Marco es de confi anza; Que, de acuerdo con el literal m del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones, el Jefe de PERÚ COMPRAS tiene a su cargo la designación del personal de confi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al funcionario que ocupe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1018; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.– Designar al Ingeniero Industrial Renato Vicenzo Cappelletti Purizaga en el cargo de confi anza de Director de la Dirección de Acuerdos Marco de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO CARLOS REYNOSO PEÑAHERRERA Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS 1350467-1 EDUCACION Aprueban Norma Técnica “Normas y Procedimientos para la contratación de Promotores Culturales de la Iniciativa Expresarte para el año 2016” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 031-2016-MINEDU Lima, 29 de febrero de 2016 Vistos, el Expediente 0028025-2016, el Informe N° 55-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UAC e Informe N° 46-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UAC de la Unidad de Arte y Cultura de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N°153-2016-MINEDU/SG- OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación defi nir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, el artículo 76 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente; Que, conforme a lo señalado en el numeral 7.10 de la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación en el marco del contrato de servicio docente a que hace referencia la Ley N° 30328”, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2016-MINEDU; los procesos de contratación docente para los proyectos y programas a cargo del MINEDU no regulados en la referida norma, se rigen por las disposiciones específi cas que cada dirección u ofi cina emita en cada caso;