Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2016 (01/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 1 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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que FONCODES queda autorizado a constituir Núcleos Ejecutores de alcance departamental, y que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante resolución ministerial, determinará el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente y miembros del Núcleo Ejecutor, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los citados núcleos; Que, por Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, se determinó el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente y miembros del Núcleo Ejecutor, así como los criterios y procedimientos para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 269-2014-MIDIS, se designó a los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental, para la implementación de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, entre ellos, los representantes de los departamentos de Cusco y Ucayali; Que, por Resolución Ministerial N° 167-2015-MIDIS se dio por concluida la designación del representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del Cusco, y se designó en su lugar al señor Edgard Américo Ochoa Pezo como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del Cusco; Que, atendiendo a lo señalado en el documento de Visto, se estima pertinente dar por concluidas las designaciones de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores departamentales correspondientes a los departamentos de Cusco y Ucayali, y a efecto de mantener la operatividad de los referidos núcleos designar a sus nuevos representantes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Cusco, realizada mediante Resolución Ministerial N° 167-2015-MIDIS. Artículo 2.- Dar por concluida la designación del representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Ucayali, realizada mediante Resolución Ministerial N° 269-2014-MIDIS. Artículo 3.- Designar como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental, para la implementación de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, a las personas indicadas de acuerdo al siguiente detalle: -Edith Chacón Ortiz, departamento de Cusco. - Paolo Jorge Pérez Rojas, departamento de Ucayali. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1350751-2

Vistos, el Informe Nº 016-2015-MIMP/OGMEPGDOMEP-jpma y las Notas Nº 144-2015-MIMP/OGMEPGDOMEP y Nº 153-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas y, el Memorando Nº 0260-2015-MIMP/OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; el Informe Nº 05-2015-MIMP/ OGPP-OMI-WBDB, las Notas Nº 319-2015-MIMP/OGPPOMI, 374-2015-MIMP/OGPP-OMI y Nº 003-2016-MIMP/ OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y, el Memorando Nº 013-2016-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, constituye función general de los Ministerios aprobar las disposiciones normativas que les correspondan; Que, la Directiva General N° 005-2010-MIMDES establece las "Normas y procedimientos para el Registro de Información sobre las Intervenciones Sectoriales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social"; y, la Directiva General N°004-2011-MIMDES, norma los "Procedimientos para la Validación, Actualización, Seguimiento y Administración del Registro Unificado de Beneficiarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social", las cuales guardan relación entre su finalidad y objetivos; sin embargo; se encuentran desfasadas, al haber sido aprobadas cuando el Sector se denominaba Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y contaba con una estructura orgánica, misión y visión diferentes; Que, en ese contexto, la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, en coordinación con las instancias del MIMP, ha formulado la Directiva General "Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables" que unifica las dos (2) Directivas citadas en el párrafo precedente, teniendo como finalidad uniformizar criterios que permitan contar con información oportuna, consistente y estandarizada para la difusión de la información estadística sectorial, así como de los logros institucionales; fortaleciendo la gestión de información como parte del proceso de monitoreo y evaluación de sus políticas, planes especiales multisectoriales, programas y proyectos del Sector; Que, con Notas N° 319-2015-MIMP/OGPP/OMI, Nº 374-2015-MIMP/OGPP-OMI y Nº 003-2016-MIMP/ OGPP-OMI, la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión técnica favorable para su aprobación, al considerar que dicho instrumento se adecúa a la estructura y contenido que dispone la Directiva General Nº 002-2013-MIMP "Lineamientos para la Formulación, Modificación y Aprobación de Directivas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP", aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2013-MIMP; Que, mediante Memorando Nº 0260-2015-MIMP/ OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y la Nota Nº 153-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas se ha sustentado la necesidad de que el Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad - CONADIS, esté vinculado a la presente Directiva, al tener el sector la competencia de la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad y requerirse contar con la información que pueda suministrar este organismo público ejecutor adscrito al MIMP; Que, en virtud de lo antes señalado, resulta necesario aprobar la Directiva General "Normas para la Gestión de información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables"; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Aprueban la Directiva General N° 0062016-MIMP "Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2016-MIMP Lima; 29 de febrero de 2016

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