Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2016 (12/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de marzo de 2016 /

El Peruano

"Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios Ambientales", del "Registro de Entidades Autorizadas a elaborar Estudios de Impacto Ambiental" o de cualquier otro registro de denominación similar, que deba formar parte del Registro Nacional de Consultoras Ambientales a cargo del SENACE; y, c) la administración del "Registro Administrativo de carácter público y actualizado de certificaciones ambientales concedidas o denegadas", o de cualquier otro registro de denominación similar, que deba formar parte del Registro Administrativo de Certificaciones Ambientales a cargo del SENACE; conforme lo previsto en el Decreto Supremo N° 006-2015-MINAM, que aprueba el cronograma de transferencia de las funciones de las Autoridades Sectoriales al SENACE en el marco de la Ley N° 29968; Que, en dicho contexto, resulta necesario aprobar la modificación del TUPA del SENACE, con el propósito de incorporar los procedimientos que permitan el cumplimiento de las funciones transferidas por el Ministerio de Energía y Minas; Que, la propuesta de modificación del TUPA del SENACE cuenta con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, así como con la documentación a que se refiere el artículo 12 de los lineamientos para elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba los Lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; y, el Decreto Supremo N° 0622009-PCM que aprueba el Formato del TUPA; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de procedimientos administrativos Apruébense los procedimientos, incluidos sus plazos, requisitos y derechos de trámite, a ser incorporados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), conforme al siguiente detalle: Procedimientos Administrativos Inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales Renovación de inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales Actualización o Modificación de inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado - EIA-d Modificación del Estudio de Impacto Ambiental detallado - ElA-d Evaluación y Aprobación del Informe Técnico Sustentatorio Clasificación y Aprobación de Términos de Referencia Evaluación y Aprobación del Plan de Participación Ciudadana - PPC previo a la presentación del ElA-d Artículo 2.- Modificación del TUPA del SENACE Modifíquese el Procedimiento N° 1 e incorpórense los Procedimientos N°s. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), conforme al Formato TUPA que como Anexo N° 01 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Aprobación de formularlos Apruébense los Formularios de los Procedimientos Administrativos N°s. 3. 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del

Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), que como Anexos N°s 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08 y 09 forman parte integrante del presente Decreto Supremo, y que están a disposición de los administrados de manera gratuita el Portal Institucional del SENACE (www.senace. qob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe):
N° de Formulario Denominación del Formulario Procedimientos Administrativos

Solicitud de Inscripción, Renovación, Actualización o Modificación en el Inscripción, Renovación, Registro Nacional de Actualización o Modificación Formulario F-04 Consultoras Ambientales, en el Registro Nacional de en el Marco del Sistema Consultoras Ambientales. Nacional de Evaluación de Impacto Ambienta! - SEIA. Inscripción, Renovación, Actualización o Modificación en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales.

Formulario F-05 Currículum Vitae

Inscripción, Renovación, Declaración Jurada de Actualización o Modificación Formulario F-06 no estar inhabilitado para en el Registro Nacional de contratar con el Estado. Consultoras Ambientales. Carta Ético. de Inscripción, Renovación, Compromiso Actualización o Modificación en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales.

Formulario F-07

Evaluación del Estudio Evaluación o Modificación del Formulario F-08 de Impacto Ambiental Estudio de Impacto Ambiental detallado - ElA-d . detallado - EIA-d Solicitud de Evaluación Evaluación y Aprobación del Formulario F-09 y Aprobación de Informe Informe Técnico Sustentatorio. Técnico Sustentatorio Solicitud de Clasificación y aprobación de Términos Clasificación y Aprobación de Formulario F-10 de Referencia de Estudios Términos de Referencia. de Impacto Ambiental detallado - ElA-d. Solicitud de Evaluación y Evaluación y Aprobación Aprobación del Plan de del Plan de Participación Formulario F-11 Participación Ciudadana Ciudadana - PPC previo a la previo a la presentación del presentación del ElA-d. ElA-d".

Artículo 4.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos a que se refieren los Artículos 2 y 3 del presente Decreto Supremo, .serán publicados en el Portal Institucional del SENACE (www. senace.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob. pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1355537-1

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