Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2016 (12/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de marzo de 2016 /

El Peruano

Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, propuso a los Cadetes de Segundo Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, José Wilson Zamora Vera y Lizbeth Linsey Castro Villaorduña, para que sean los beneficiarios de las becas señaladas en el considerando precedente; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 60-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 1 de marzo de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en misión de estudios del 14 de marzo de 2016 hasta el mes de diciembre de 2019, de los Cadetes de Segundo Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, José Wilson Zamora Vera y Lizbeth Linsey Castro Villaorduña, para que continúen su proceso de formación profesional policial en el Centro de Enseñanza Superior "Doctor Justo Arosemena"; en la ciudad de Panamá - República de Panamá; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple N° 75-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 2 de marzo de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado en el considerando precedente, disponiendo que se emita la resolución autoritativa de viaje correspondiente, precisándose que el mismo irrogará gastos al Estado peruano; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales de la Policía Nacional del Perú autorizar el viaje al exterior en misión de estudios de los Cadetes antes mencionados, ya que la formación y experiencias a adquirirse, permitirán a la mencionada institución disponer de personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, redundando ello en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, que incluye los años 2016, 2017, 2018 y 2019, los pagos correspondientes al período comprendido entre los meses de marzo y diciembre de 2016, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016 y los pagos correspondientes a los años posteriores se realizarán con cargo al Presupuesto del Sector Público de los años fiscales respectivos; Que, de acuerdo a lo indicado en el considerando precedente, los gastos por concepto de pasajes aéreos, impuestos por tarifa única de uso de aeropuerto y compensación extraordinaria que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del año fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 ­ Ministerio del Interior, toda vez que el Centro de Enseñanza Superior "Doctor Justo Arosemena" de la República de Panamá, asumirá los costos académicos y educativos de los referidos Cadetes; Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por Misión de Estudios del personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, los órganos pertinentes de la Policía Nacional del Perú han procedido a realizar el cálculo respectivo del monto de compensación extraordinaria que les corresponde a los Cadetes que participarán en la referida misión de estudios; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, las resoluciones de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarias, serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de

Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano", y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Interior, Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de Viajes al Exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la Autorización de Viajes al Exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, que hace extensivo al personal de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del sector Defensa e Interior; y, el Decreto Legislativo Nº 1151, Ley del Régimen Educativo de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en misión de estudios de los Cadetes de Segundo Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, José Wilson Zamora Vera y Lizbeth Linsey Castro Villaorduña, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 15 de marzo de 2016 al 31 de diciembre de 2019, para los fines indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002 ­ Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 ­ Ministerio del Interior, correspondiente al Año Fiscal 2016, de acuerdo al detalle siguiente:
Importe US$ Compensación extraordinaria 961.24 X Pasajes 836.00 Meses-Días 9M - 15D X X Pers. 2 2 = $ 18,263.56 = $ 1,672.00

Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicios en el exterior, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el extranjero, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente. Artículo 4°.- El Ministro del Interior queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1355537-7

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