Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2016 (14/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Lunes 14 de marzo de 2016 /

El Peruano

Res. Nº 0203-2016-JNE.- Revocan la Res. Nº 003-2016-JEE-HUARAZ/JNE que declaró infundada solicitud de inscripción de candidatos a congresistas del distrito electoral de Áncash 580821 Res. Nº 0204-2016-JNE.- Confirman la Res. Nº 003-2016-JEE-HUANCAVELICA/JNE que declaró improcedente lista de candidatos para el Congreso de la República por el distrito electoral de Huancavelica 580823 Res. Nº 0205-2016-JNE.- Confirman la Res. Nº 007-2016-JEE-TUMBES/JNE, que desestimó tacha presentada contra candidato al Congreso de la República para el distrito electoral de Tumbes 580825

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Ordenanza Nº 042-2016-CR-GRH.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Dirección Regional de Salud Huánuco 580827

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 1102-2016.- Autorizan al Banco Agropecuario - AGROBANCO la apertura de oficina especial en el departamento de Moquegua 580826 Res. Nº 1174-2016.- Autorizan a Compartamos Financiera S.A. la apertura de agencias ubicadas en los departamentos de Ancash y Piura 580826

Ordenanza Nº 1942.- Ordenanza que declara desfavorable petición de cambio de zonificación del distrito de San Juan de Miraflores 580828 Ordenanza Nº 1943.- Ordenanza que declara desfavorable petición de cambio de zonificación del distrito de San Bartolo 580829 Ordenanza Nº 1944.- Ordenanza que declara favorable petición de cambio de zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho 580829 Acuerdo Nº 068.- Aprueban ejecución de expropiación y valor de tasación de inmueble ubicado en el distrito, provincia y departamento de Lima, afectado por la ejecución del Proyecto Línea Amarilla 580830

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Admiten a integrantes de diversas Asociaciones como beneficiarios del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0107-2016-MINAGRI Lima, 11 de marzo de 2016 VISTO: El Oficio N° 148-2016-MINAGRI-PCC del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, y; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Legislativo N° 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad como Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores, a través del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; Que, el artículo 2 de la Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, establece que la reconversión productiva agropecuaria es el cambio o transformación voluntaria hacia una producción agropecuaria diferente a la actual; busca innovar y agregar valor a la producción mediante la utilización de sistemas tecnológicos eficientes en toda la cadena productiva; asimismo, el artículo 7 señala que son beneficiarios de la reconversión productiva agropecuaria las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad agropecuaria en el país que se incorporen a un programa o proyecto determinado;

Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 29736, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI, señala que podrán participar en los programas o proyectos de reconversión productiva agropecuaria aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos: a) Persona natural o jurídica; b) Contar con documentos expedidos por la autoridad competente, que acrediten la condición de propietario o posesionario del predio; y, c) Tener el predio bajo producción agropecuaria; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 0206, 0225, 0097, 0214, 0211, 0093, 0095, 0094, 0233, 0227, 0212, 0103 y 0102-2015-MINAGRI, se aprobaron diversos Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria a favor de productores agrarios agrupados en diversas asociaciones de productores; Que, con los Oficios Nº 0162-2015-MINAGRIPROVRAEM-DE/SF-AY; 0185-2015-MINAGRIPROVRAEM-DE/AY-SFCO; 0018 y 0019-2016-MINAGRIPROVRAEM-DE/ASF, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - PROVRAEM, comunica al Jefe (e) del Programa de Compensaciones para la Competitividad que diferentes Presidentes de distintas Asociaciones manifiestan que algunos de sus socios renunciaron voluntariamente al programa o proyecto de reconversión productiva agropecuaria, solicitando se considere a los socios reemplazantes; Que, en tal virtud y, estando al requerimiento efectuado por los diferentes Presidentes de diversas Asociaciones, la Unidad de Promoción del Programa de Compensaciones para la Competitividad, mediante Informes N° 0007, 0005, 0015, 0006, 0008, 0009, 0016, 0017, 0013, 0012, 0014, 0010, y 0011-2016-MINAGRI-PCC-UP, acompañados al documento del Visto, emite opinión favorable a dichos requerimientos, por cuanto estos no alteran la naturaleza de los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria; asimismo, señala que los cambios no afectan el correcto desempeño de los planes de negocios en ejecución ni involucran pérdidas de recursos para el Estado, sugiriendo reemplazar a los socios renunciantes por los ingresantes; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto

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