Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2016 (14/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 14 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

580809

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Aprueban Reglamento de la Nómina de Especialistas del SENACE
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 029-2016-SENACE/J Lima, 11 de marzo de 2016 VISTOS: El Informe Nº 013-2016-SENACE/DGEUTN emitido por la Unidad Técnico Normativa de la Dirección de Gestión Estratégica; el Memorando Nº 052-2016-SENACE/DGE emitido por la Dirección de Gestión Estratégica; y el Informe Nº 056-2016-SENACESG/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.6 del artículo 4 de la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, establece que la Nómina de Especialistas es el listado de profesionales calificados sobre la base de criterios técnicos establecidos por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, que integran la cartera de especialistas competentes para apoyar en la revisión de estudios ambientales y la supervisión de línea base, en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA; Que, al respecto, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la mencionada Ley establece que el SENACE, mediante Resolución Jefatural, define los criterios y requisitos específicos para la inscripción, calificación y clasificación de los profesionales que integran dicha Nómina, así como los procedimientos para su contratación, designación y ejecución de las tareas que se les encomiende; Que, el artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº 046-2015-SENACE/J del 5 de junio de 2015, aprueba el Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE; Que, a fin que se optimice y agilice el procedimiento de inscripción de los profesionales que integran la Nómina de Especialistas, el procedimiento de selección de los profesionales inscritos y la suscripción de los respectivos contratos de servicio, y se establezcan nuevas obligaciones para aquellos profesionales de la Nómina de Especialistas que han sido contratados por el SENACE, se ha propuesto un nuevo Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 020-2016-SENACE/J, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de febrero de 2016, se dispone la publicación del proyecto del nuevo Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, que sustituirá al aprobado por el artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº 046-2015-SENACE/J, a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de dicha resolución en el diario oficial El Peruano; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;

Que, tras la absolución y análisis de los aportes recibidos durante el período de publicación de la propuesta normativa, corresponde dejar sin efecto el Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 046-2015-SENACE/J; así como aprobar el texto definitivo del Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Registros Ambientales, la Dirección de Gestión Estratégica, la Dirección de Certificación Ambiental; la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE; la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; la Resolución Jefatural Nº 076-2015-SENACE/J, que aprueba los "Lineamientos para la elaboración, aprobación y actualización de documentos técnicos normativos del SENACE"; y, en el marco de la atribución establecida en el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, aprobado por el artículo 2 de la Resolución Jefatural Nº 046-2015-SENACE/J. Artículo 2.- Aprobar el Reglamento de la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3.- Establecer que las disposiciones contenidas en el Reglamento aprobado por el artículo precedente son de aplicación a los profesionales que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución Jefatural se encuentren inscritos en la Nómina de Especialistas del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, debiendo publicar en la misma fecha el Reglamento de la Nómina de Especialistas aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución Jefatural, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE 1355196-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen ampliación del servicio de presentación electrónica del parte notarial con firma digital mediante el SID SUNARP, para el acto de compraventa en el Registro de Predios, y precisan requisitos
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 068-2016-SUNARP/SN Lima, 10 de marzo de 2016

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