Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2016 (29/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Martes 29 de marzo de 2016 /

El Peruano

- ESCUELA NACIONAL SUPERIOR DE ARTE DRAMÁTICO (ENSAD), en reconocimiento a su destacada trayectoria a lo largo de 70 años, dedicados a la formación de artistas profesionales, promoción de la investigación y producción de numerosas puestas en escena, publicaciones y festivales, contribuyendo de esa manera a la profesionalización del sector y al reconocimiento del rol del arte en el desarrollo del país; - ASOCIACIÓN CULTURAL BARRICADA TEATRO DE HUANCAYO, en reconocimiento a sus 40 años de dedicación en la creación y promoción del teatro, y la pedagogía a través del arte, organizando festivales regionales y nacionales, siendo una de las organizaciones emblemáticas a nivel nacional por promover el trabajo en red y articulado entre distintos agentes culturales. Artículo 2º.- Remitir una copia de la presente Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a la inscripción que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1360870-1

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Los Pastorcitos de Sihuas, de la provincia de Sihuas, del departamento de Áncash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 030-2016-VMPCIC-MC Lima, 23 de marzo de 2016 Vistos, la solicitud de fecha 25 de mayo de 2015, presentada por el señor Fortunato Diestra Salinas, el Informe Nº 000064-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe Nº 000086-2016/DGPC/VMPCIC/MC, emitido por la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1º de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como país; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, dentro del marco legal descrito en los párrafos precedentes, el inciso 55.8 del artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala entre las funciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, la de evaluar las solicitudes para la declaratoria de patrimonio cultural inmaterial de la nación y emitir opinión técnica sobre su viabilidad; Que, mediante solicitud de fecha 25 de mayo de 2015, el señor Fortunato Diestra Salinas, presenta el expediente, mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, la declaratoria de la Danza Los Pastorcitos de

Uchugaga, de la provincia de Sihuas, departamento de Áncash, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 000086-2016/DGPC/ VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe Nº 000064-2016/DPI/ DGPC/VMPCIC/MC del 4 de marzo de 2016, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente técnico, recomendado la declaratoria de la Danza Los Pastorcitos de Sihuas, del departamento de Áncash, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la provincia de Sihuas es una de las veinte provincias que conforman el departamento de Áncash. Se trata de una zona andina, ubicada al norte de la región, y que está conformada por diez distritos; Que, la Navidad es una de las fiestas más importantes del cristianismo, en la cual según esta tradición religiosa se celebra el nacimiento de Jesucristo, como hijo de Dios, hecho que simboliza la esperanza por un tiempo nuevo. En el proceso de cristianización que se desarrolló en los Andes durante la colonia, cada pueblo estableció su propia versión de esta celebración religiosa, la cual se vio influenciada por las tradiciones y costumbres locales previas a la conquista española. Una forma de adoctrinar a las poblaciones para introducirlas al cristianismo, fue a través de la representación de escenas bíblicas, dramas litúrgicos conocidos con el nombre de auto sacramental. Según el evangelio de Lucas, los pastores fueron avisados del nacimiento de Jesús por un ángel y fueron los primeros en visitarlo para rendirle homenaje. Asimismo, según los relatos bíblicos, los pastores representan a la gente del pueblo, a personas humildes y sencillas, valores originales del cristianismo y característicos de Jesús. Por otra parte, los pastores, por su actividad, se vinculan al campo y a los animales, y siendo los pueblos de Sihuas en gran parte zonas rurales y agrícolas, estas poblaciones campesinas se estarían identificando también con estos personajes representados en la danza; Que, la danza Los Pastorcitos se practica como parte de los festejos navideños en honor al nacimiento del Niño Jesús en diversos distritos pertenecientes a la provincia de Sihuas, tales como Sihuas; Acobamba; Alfonso Ugarte; Cashapampa; Chingalpo; Huayllabamba; Quiches; Ragash; San Juan; y Sicsibamba. En la realización de esta danza al interior de la provincia de Sihuas, pueden darse algunas pequeñas variantes entre un pueblo y otro, por ejemplo en cuanto a la música, los cantos, los discursos o versos ­que sin embargo tratan los mismos temas y cuentan la misma historia-, o en algún elemento del vestuario; sin embargo, esto no cambia el hecho de que se trata de la misma danza, con los mismos personajes y el mismo significado. Merece una mención especial el pueblo de Uchugaga, en el distrito de Sihuas, ya que su población, portadora de esta tradición, se ha preocupado por difundir esta práctica cultural, así como por su puesta en valor, siendo además una persona natural de este centro poblado, el señor Fortunato Diestra Salinas, quien elaboró el expediente que sustenta esta declaratoria; Que, una de las características peculiares de la danza Los Pastorcitos es que su baile se combina con la interpretación teatral de sus personajes, quienes recitan versos aprendidos -llamados también discursos-, como también entonan cánticos, mediante los cuales se va narrando la visita que realizan los pastores a Jesús con motivo de su nacimiento, para realizar la adoración a esta imagen y entregarle diversos regalos, entendidos como ofrendas, dado su carácter divino. Mediante los versos y los cantos, los diversos personajes dialogan entre sí, y esta interacción termina siendo una teatralidad, ya que se representa una historia, con discursos, personajes, movimientos gestuales, música, entre otros elementos que forman parte del arte dramático, y los cuales además son expuestos ante una audiencia. De esta manera, se trata de una manifestación cultural en la cual se combina música, danza, canto, poesía y teatro, y en la que participan tanto hombres como mujeres, de todas las edades, quienes asumen diferentes papeles al momento de ejecutar el baile, entonar canciones y exclamar los versos o discursos. Los personajes que conforman la danza Los Pastorcitos son los siguientes: El ángel. Ser espiritual, entendido en el cristianismo como una criatura de pureza, protectora de los seres humanos y mensajero de Dios, el ángel es el personaje central de la comparsa, representa el bien y se encarga

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