Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2016 (29/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 29 de marzo de 2016 /

El Peruano

de elaborar la programación y formulación del Presupuesto Anual con una perspectiva multianual, el Titular de la Entidad, conforma una "Comisión de Programación y Formulación" en adelante la Comisión, que se encarga de coordinar dichos procesos; Que, el numeral 3.2 de la citada Directiva, establece que la Comisión es presidida por el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Entidad o el que haga sus veces y está integrada por el responsable técnico del Programa Presupuestal, el coordinador de seguimiento y evaluación del Programa Presupuestal y el coordinador territorial del Programa Presupuestal, los Jefes de la Oficina General de Administración, de Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura, de la Oficina de Programación e Inversiones, así como de las Oficinas de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística, o los que hagan sus veces, con la participación de los representantes de las unidades ejecutoras, según corresponda; Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Directiva Nº 002-2015-EF/50.01, Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual, aprobada con Resolución Directoral Nº 003-2015EF/50.01 y modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la conformación de la Comisión de Programación y Formulación del Presupuesto para el Año Fiscal 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, la misma que estará integrada por los siguientes miembros: · Director (a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quién la presidirá. · La Secretaria General, o quién esta delegue. · El Viceministro (a) de Pesca y Acuicultura, o quién este delegue. · El Viceministro (a) de MYPE e Industria, o quién este delegue. · Los Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales. · El Coordinador de Seguimiento y Evaluación de los Programas Presupuestales. · Coordinadores de los Equipos Técnicos de los Programas Presupuestales. · Director (a) General de Políticas y Regulación, o quién este delegue. · Director (a) General de Desarrollo Productivo, o quién este delegue. · Director (a) General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial, o quién este delegue. · Director (a) General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, o quién este delegue. · Director (a) General de Asuntos Ambientales, o quién este delegue. · Director (a) General de Políticas y Desarrollo Pesquero, o quién este delegue. · Director (a) General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, o quién este delegue. · Director (a) General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, o quién este delegue. · Director (a) General de Supervisión y Fiscalización, o quién este delegue. · Director (a) General de Sanciones, o quién este delegue. · Director (a) General de Sostenibilidad Pesquera, o quién este delegue. · Director (a) General de la Oficina General de Administración, o quién este delegue. · Director (a) de la Oficina de Logística. · Director (a) General de la Oficina General de Recursos Humanos. · Director (a) de la Oficina de Planeamiento y Racionalización.

· Director (a) de la Oficina de Presupuesto. · Director (a) de la Oficina de Programación e Inversiones. · Jefe (a) de la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo ­ A Comer Pescado. · Coordinador (a) Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y la Productividad. Artículo 2.- La Comisión conformada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial tendrá las siguientes funciones: a) Revisar la información sobre los resultados logrados por la entidad de los años fiscales anteriores, así como los costos para alcanzar dichos resultados. b) Revisar y priorizar los objetivos de la entidad, guardando, consistencia con las políticas sectoriales y nacionales, según corresponda. c) Determinar las metas físicas y de indicadores de desempeño a nivel de Programa Presupuestales (PP), Productos y otras de carácter relevante que proponen cumplir para los años de programación multianual. d) Evaluar si la capacidad institucional (recursos humanos, tecnología, organización), es capaz de brindar la producción de los bienes y servicios para el logro de las metas proyectadas para los años futuros. Si la entidad no contara con dicha capacidad, determinará los cambios que deberán implementarse, su periodo de realización y la estimación de los costos que ellos impliquen. e) Priorizar los PP y/o productos, según corresponda, en función de la información sobre resultados, costos y las prioridades de política sectorial y nacional, sobre la base de los resultados de la Comisión de los PP. f) Optimizar las Acciones Centrales de la entidad que permitan un apoyo más eficiente en la ejecución de los PP, así como para alcanzar los objetivos de la entidad. g) Optimizar las APNOP (Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos) de la entidad, que implique su revisión con el fin de alcanzar los objetivos de la entidad. h) Determinar las metas conforme a lo establecido en el inciso j) del artículo 2 (escala de prioridades) de la Directiva Nº 002-2015-EF/50.01 . i) Determinar los gastos para el cumplimiento de las metas establecidas durante el periodo de programación. j) Definir la Estructura Programática y su vinculación con la Estructura Funcional. k) Revisar el avance de los compromisos firmados a raíz de las Evaluaciones Independientes. l) Presentar al Titular de la entidad un Resumen Ejecutivo de la Programación y Formulación, que contenga los PP, las Acciones Centrales y/o las APNOP, los productos, actividades y proyectos identificados en dichas categorías, según corresponda, así como las metas a alcanzar y su forma de financiamiento. Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, es responsable de conducir el proceso de las fases de Programación y Formulación Presupuestaria en el marco del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (http://www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1360539-1

RELACIONES EXTERIORES
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0259/RE-2016 Lima, 23 de marzo de 2016

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