Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2016 (01/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Domingo 1 de mayo de 2016 /

El Peruano

Res. Nº 0510-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. N° 001-2016-JEE-LIMA NORTE 2/JNE 586000 Res. Nº 0511-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. N° 001-2016-JEE-LIMA NORTE2/JNE 586002 Res. Nº 0513-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. N° 001-2016, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 1 586003 Res. Nº 0514-2016-JNE.- Declaran fundado recurso de apelación y revocan la Res. N° Uno, emitida por el Jurado Electoral Especial de Coronel Portillo 586004 Res. Nº 0515-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. N° 001-2016-JEE-HUAMALIES/ JNE-EG 2016/ACTA CON ERROR MATERIAL 586005 Res. Nº 0518-2016-JNE.- Declaran infundado recurso de apelación y confirman la Res. N° 001-2016-JEE-HUAMALÍES/ JNE 586006

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza Nº 344-MDCH.- Aprueban la Campaña para la promoción de hábitos saludables y prevención del Dengue, Chikungunya y Zika en el distrito de Chaclacayo 586007

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI Ordenanza Nº 0132-MDK/CM.- Ordenanza que aprueba el "Plano Perimétrico de Área Urbana de Kimbiri Capital" 586008

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Acreditan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Gobierno Regional de Lima para la transferencia de la función g) del Artículo 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 009-2016-PCM/SD Lima, 15 de abril de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 002-2016-VIVIENDA-OGPP-ST-CSTCF del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Informe Nº 048-2016-PCM/SD-OTME de la Oficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008", el cual comprendió la transferencia de la función g) contenida en el artículo 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en materia de Vivienda y Saneamiento; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD se extendió la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2008-PCM/SD, a fin de normar y regular la transferencia de las funciones comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2009-PCM/SD se aprobaron los requisitos específicos mínimos, propuestos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en su calidad de ente rector, a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales para acceder a la transferencia de la función g) del artículo 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento; Que, mediante Informe de Concordancia Nº 0122011-PCM/SD-OTME, formulado acorde con lo dispuesto

en el numeral 5.1.6. de la Directiva Nº 001-2007-PCM/ SD, el Gobierno Regional de Lima fue declarado POR POTENCIAR al no haber cumplido con todos los requisitos específicos mínimos establecidos, conforme se señala en los respectivos Informes Situacionales elaborados por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el propio Gobierno Regional, para acceder a la transferencia de la función g) del artículo 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 4.11 y 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007- PCM/SD, a fin de facilitar la certificación, y posterior acreditación de la función g), antes mencionada, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Lima han suscrito el respectivo Convenio Marco Intergubemamental, el cual ha sido remitido a la Secretaria de Descentralización mediante Oficio Nº 002-2016-VIVIENDA-OGPP-ST-CSTCF, para continuar con el proceso de transferencia de dicha función; Que, al haber culminado la etapa de certificación, con la suscripción del respectivo Convenio Marco Intergubemamental, según lo antes señalado, corresponde a la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.8 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD, proceder a la acreditación del Gobierno Regional de Lima para la transferencia de la función g) del artículo 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento; De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley Nº 28273; la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29158; el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM; la Vigencia de la Directiva Nº 001-2007PCM/SD, para la transferencia de las funciones sectoriales comprendidas en el Plan Anual de Transferencia del año 2008, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD; y, los Requisitos específicos, indicadores y mecanismos de verificación a aplicarse en la etapa de certificación del proceso de transferencia de función en materia de Vivienda y Saneamiento a los Gobiernos Regionales, aprobados por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2009-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acreditación de funciones en materia de Vivienda y Saneamiento Certificar que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional de Lima, declarado inicialmente, POR POTENCIAR, para la transferencia de la función g), del Art. 58 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Vivienda y Saneamiento, según Informe de Concordancia Nº 012-2011-PCM/SDOTME, ha suscrito el correspondiente Convenio Marco

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