Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2016 (21/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 21 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

587703

Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a Francia y encargan su Despacho al Ministro de la Producción
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 099-2016-PCM Lima, 20 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el señor Alonso Arturo Segura Vasi, Ministro de Economía y Finanzas, participará en "OECD 2016 Week" a llevarse a cabo en la ciudad de París, República Francesa, del 31 de mayo al 3 de junio de 2016; Que, dicho evento incluye el "OECD 2016 Ministerial Council Meeting (MCM)", a realizarse del 1 al 2 de junio de 2016; el OECD Forum "Productive economies, Inclusive societies", a realizarse del 31 de mayo al 1 de junio de 2016; y, el "8th International Economic Forum on Latin America and the Caribbean", a realizarse el 3 de junio de 2016, los cuales reunirán a Ministros de Estado, representantes del sector privado, académicos y sociedad civil, a fin de abordar diversos temas de relevancia sobre productividad e inclusión; Que, en "OECD 2016 Week", se tendrá la oportunidad para analizar los retos derivados de la disminución de la productividad y la necesidad de generar un crecimiento más inclusivo para afrontar las crecientes desigualdades en los ingresos y oportunidades, así como las políticas públicas vinculadas al crecimiento de la productividad y a los objetivos de la inclusión, con la finalidad de que éstas se refuercen mutuamente; Que, en ese sentido, y por ser de interés nacional la participación del Ministro de Economía y Finanzas en el citado evento, resulta necesario autorizar el mencionado viaje en misión oficial, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 ­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015EF/43, y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión oficial, del señor Alonso Arturo Segura Vasi, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 30 de mayo al 4 de junio de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo a la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (4 días) : : US $ 3,811.23 US $ 2,160.00

Artículo 4.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1383236-4

Definen como entidad pública Tipo B de la Presidencia del Consejo de Ministros a la Comisión Nacional de Bienes Incautados CONABI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2016-PCM Lima, 19 de mayo de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 104-2015-PCM/CONABI-ADM de la Responsable de la Unidad de Administración de la Comisión Nacional de Bienes Incautados ­ CONABI; el Memorando Nº 039-2016-PCM/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 002-2015-PCM/ORH de la Oficina de Recursos Humanos; el Memorando Nº 7782016-PCM/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en la entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que solo para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se considera como entidad pública Tipo B a aquellos órganos desconcentrados, proyectos, programas o unidades ejecutoras conforme a la Ley Nº 28411 de una entidad pública Tipo A que, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, cumpla con un conjunto de criterios; Que, de acuerdo al precepto legal antes señalado concordado con el literal f) del numeral 5 de la Directiva Nº 002-2014-SERVIR-GDSRH - "Normas para la Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 238-2014SERVIR-PE se considera entidad pública Tipo B aquellas que cumplan con los siguientes criterios: i. Ser un órgano desconcentrado, proyecto, programa o unidad ejecutora conforme a la Ley Nº 28411 de una entidad pública Tipo A, ii. Tener competencia para contratar, sancionar y despedir, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, iii. Contar con una oficina de recursos humanos o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente, iv. Contar con un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente; y, v. Contar con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1104, Decreto Legislativo

Artículo 3.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor Piero Eduardo Ghezzi Solís, Ministro de la Producción, a partir del 30 de mayo de 2016 y mientras dure la ausencia del Titular.

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