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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2016 (21/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 7

587705 NORMAS LEGALES Sábado 21 de mayo de 2016 El Peruano / 2.1. Declaración Adicional: 2.1.1. Las plantas in vitro proceden de bancos de germoplasma, laboratorios o viveros registrados e inspeccionados por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria –ONPF del país de origen. 3. El medio de cultivo deberá estar libre de plagas, cuya condición será certifi cada por la ONPF del país de origen. 4. Los envases serán nuevos, transparentes y herméticamente cerrados, etiquetados y rotulados con la identidad del producto. 5. El importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente. 6. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país. 7. Al arribo del material al lugar de producción autorizado para el seguimiento de cuarentena posentrada, el Inspector del SENASA tomará una muestra del envío para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA, con la fi nalidad de descartar la presencia de plagas. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. 8. El proceso de cuarentena posentrada que tendrá una duración de seis meses (06) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del SENASA a dos (02) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (01) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE A. MANRIQUE LINARES Director General (e) Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1382152-1 Dan inicio a la integración de procesos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0100-2016-MINAGRI-SENASA 19 de mayo de 2016 VISTO: El INFORME-0007-2016-MINAGRI-SENASA-OPDI- PBARRON de fecha 19 de mayo de 2016, elaborado por la Ofi cina de Planifi cación y Desarrollo Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Moderni- zación de la Gestión del Estado publicada con fecha 30 de enero de 2002, se declaró al Estado Peruano en proceso de modernización, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentraliza- do y al servicio del ciudadano; Que, con Decreto Supremo N° 004-2013-PCM de fe- cha 09 de enero de 2013, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, cuyo objetivo es orientar, articular e impulsar en todas las entidades pú- blicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM se aprobó el “Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013 – 2016”, que establece las acciones, indica- dores metas, plazos y entidades responsables de liderar la implementación de los objetivos y lineamientos de la referida política; Que, en el marco del proceso de Modernización de la Gestión del Estado y Simplifi cación Administrativa, las entidades públicas nacionales vienen implementando me- canismos que le permitan mejorar la calidad de los ser- vicios que brindan a la ciudadanía en igualdad de opor- tunidades; Que, en ese sentido, uno de los objetivos de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021 es implementar la gestión por procesos y promover la sim- plifi cación administrativa en todas las entidades públicas a fi n de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y empresas; Que, la implementación de la gestión por procesos comprende el análisis integral de los procesos, su armo- nización, gestión de información, decisión sobre sus re- cursos y acciones, sus resultados y análisis para apoyar las metas clave a nivel de toda la entidad. La integración efectiva va más allá del alineamiento y se alcanza cuando los componentes individuales de un sistema de gestión operan como una unidad totalmente interconectada; Que, en ese sentido, el SENASA, ha identifi cado los procesos que se deben desarrollar hacia una gestión pública por resultados que impacten positivamente en el ciudadano y en el desarrollo del país en el marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, debiendo para ello dar inicio a la integración de procesos; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, la Ley General de Sanidad Agraria – Decreto Legislativo N° 1059, el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA – Decreto Supremo N° 008-2005-AG y modifi - catoria, el Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, y con el visado de las Ofi cinas de Planifi cación y Desarrollo Institu- cional, de Administración y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar inicio a la integración de procesos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Artículo 2°.- El Equipo de Mejora Continua de Sim- plifi cación Administrativa del Servicio Nacional de Sani- dad Agraria conformado con la Resolución Jefatural N° 0223-2012-AG-SENASA de fecha 19 de setiembre de 2012, se encargará de realizar el seguimiento a las acti- vidades programadas en los proyectos de mejora que las dependencias de la entidad deberán desarrollar para la implementación de la integración de procesos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1383020-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del MINCETUR a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2016-MINCETUR Lima, 13 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Perú viene participando en la negociación para un Acuerdo de Comercio de Servicios (TISA), proceso en el que participan 23 miembros de la Organización Mundial de Comercio - OMC; Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 26 de mayo al 03 de junio de 2016, se realizará una Ronda de Negociación del Acuerdo de Comercio de Servicios (TISA), cuya agenda comprenderá la negociación de las Listas de Compromisos de todos los países miembros, tanto en sesiones plenarias como de