Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2016 (21/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 21 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

587709

En concordancia con las facultades dispuestas por el Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y sus normas reglamentarias y complementarias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los "Lineamientos para la Aplicación de los Criterios de Elegibilidad de los Proyectos de Asociación Público Privada", y su respectivo Anexo A, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Privada, en la misma fecha de la publicación oficial de la norma. Asimismo, dispóngase la publicación de los "Lineamientos para la Aplicación de los Criterios de Elegibilidad de los Proyectos de Asociación Público Privada" y su respectivo Anexo A, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Privada, en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GIANCARLO MARCHESI VELASQUEZ Director General Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada 1383223-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan realización del XI Curso de Derecho Internacional Humanitario "Miguel Grau": "Retos en la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario", a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0119-2016-JUS 20 de mayo de 2016 VISTOS, el Oficio Nº 008-2016-JUS/DGDHCONADIH, de la Dirección General de Derechos Humanos; la Hoja de Envío Nº 207-2016-JUS/VMDHAJ, del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia y el Informe N° 526-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, es función del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos promover y difundir los derechos humanos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Suprema N° 234-2001-JUS se estableció la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH); Que, el inciso h) del artículo 16 del Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece como función del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia aprobar los lineamientos para la

difusión y promoción de los derechos humanos, incluido el derecho internacional humanitario, a nivel nacional; Que, el inciso b) del artículo 115 del mismo Reglamento señala que es función de la Dirección General de Derechos Humanos formular, proponer, dirigir, coordinar, evaluar y supervisar las políticas, planes y programas de protección y promoción de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario; Que, conforme al artículo 135 de la citada norma, la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH) es el órgano multisectorial que tiene como finalidad emitir opiniones y brindar asesoramiento al Poder Ejecutivo en el desarrollo de políticas públicas, programas, proyectos y planes de acción y estrategias en materia de Derecho Internacional Humanitario, especialmente en el marco del Plan Nacional de Derechos Humanos, la misma que cuenta con una Secretaría Técnica, la cual está a cargo de la Dirección General de Derechos Humanos, encargado de brindar apoyo técnico y administrativo a la Comisión y depende del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el Derecho Internacional Humanitario ha alcanzado un importante nivel de desarrollo normativo y doctrinario, siendo el Perú Estado Parte de los principales instrumentos internacionales sobre la materia, entre ellos, los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949, aprobados por Resolución Legislativa N° 12412 de 31 de octubre de 1955, promulgada el 5 de noviembre de 1955 y vigente desde el 15 de agosto de 1956; y sus dos Protocolos Adicionales de 1977, aprobados mediante Resolución Legislativa N° 25029 del 31 de mayo de 1989, promulgada el 1 de junio de 1989 y vigente desde el 14 de enero de 1990; Que, de conformidad con las disposiciones de dichos instrumentos internacionales, el Perú tiene la obligación, tanto en tiempo de paz como en período de conflicto armado, de fomentar el estudio y difusión de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales por parte de la población civil y miembros de las Fuerzas Armadas; Que, de conformidad con la Ley N° 27741, se establece la obligatoriedad de la difusión y enseñanza sistematizada y permanente de la Constitución Política del Perú, de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, en todos los niveles del sistema educativo civil o militar, educación superior, universitaria y no universitaria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2014-JUS, se aprobó el Plan Nacional de Derechos Humanos 20142016, el cual establece como Lineamiento Estratégico Nº 1 "Promoción de una cultura de Derechos Humanos en el país", cuyo Objetivo Nº 1, consigna como actividad específica el "Consolidar una formación integral, a nivel descentralizado, en Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional"; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014-JUS, se aprobó el Plan Nacional de Educación en Derechos y Deberes Fundamentales al 2021", donde se dispone en el Objetivo Estratégico N° 3 "Las personas educadas en una cultura de paz son capaces de respetar la dignidad humana, incluso en situaciones de conflicto" diversas acciones relacionadas a la formación y difusión del Derecho Internacional Humanitario, en específico, "Promover la capacitación de operadores jurídicos operacionales en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0083-2015JUS, de fecha 17 de abril de 2015, se aprobó autorizar la realización del X Curso de Derecho Internacional Humanitario "Miguel Grau"; Que, conforme al documento de visto, la Dirección General de Derechos Humanos y la CONADIH solicita autorizar la realización del XI Curso de Derecho Internacional Humanitario "Miguel Grau": "Retos en la Aplicación del Derecho Internacional Humanitario" a realizarse en la ciudad de Lima del 23 al 27 de mayo de 2016; Que, la realización del señalado evento asegura la correcta aplicación del Derecho Internacional Humanitario por parte de los actores concernidos y contribuye, por un lado, al cumplimiento de las obligaciones internacionales

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