Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2016 (30/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

588284 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Lunes 30 de mayo de 2016 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de equipo periodístico del IRTP a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 110-2016-PCM Lima, 30 de mayo de 2016 VISTO: El Oficio Nº 0129-2016-GG/IRTP, remitido por la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, como parte de la estrategia nacional para reforzar el proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), y la ratificación de los compromisos asumidos por nuestro país en el denominado Programa País 2015 ­ 2016; el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará a la ciudad de París, República Francesa, del 30 de mayo al 03 de junio de 2016, para participar en el lanzamiento y copresidir el Programa Regional para América Latina y el Caribe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que se realizará en el marco de la Reunión Anual del Consejo de la OCDE;

Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la citada actividad oficial; por lo que, se estima conveniente autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Julio Omar Figueroa Flores; miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de París, República Francesa, del 30 de mayo al 03 de junio de 2016, de los señores Diego Viaña Rosa Pérez, Bernabé Valenzuela Tapia y Julio Omar Figueroa Flores, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se efectúan con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Diego Viaña Rosa Pérez, (Viáticos US $ 540.00 x 3 días) Bernabé Valenzuela Tapia, (Viáticos US $ 540.00 x 3 días) Julio Omar Figueroa Flores (Viáticos US $ 540.00 x 3 días) US$ US$ US$ 1,620.00 1,620.00 1,620.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza por la presente resolución suprema, deben presentar a la Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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