Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2016 (30/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 30 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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Designan representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas DICAPI, ante la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, para el periodo 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 561-2016-DE/MGP Lima, 26 de mayo de 2016 VISTO: El Oficio N° 010-2016-PCM/CMPLTI, del Presidente de la Comisión Multisectorial Permanente de la Lucha contra la Tala Ilegal de la Presidencia del Consejo de Ministros, de fecha 11 de marzo de 2016; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 076-2014PCM, de fecha 30 de diciembre de 2014, se regula la adecuación de la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, conforme a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 4, inciso 4.1, subinciso h), prevé que dentro de la conformación de la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, se designe UN (1) representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú ­ DICAPI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 701-2015DE/MGP, de fecha 7 de agosto de 2015, se designó a los representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ­ DICAPI, ante la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, para el año 2015; Que, con Carta G.500-1960 de fecha 26 de abril de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina propuso la designación de Oficiales Superiores, para integrar la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal; Que, es conveniente para los intereses institucionales, la participación de la Marina de Guerra del Perú a través del representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ­ DICAPI, en la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, conforme al Decreto Supremo N° 0762014-PCM, de fecha 30 de diciembre de 2014 y en concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Estado a lo propuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; numeral 37) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y; el literal r) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ­ DICAPI, ante la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal, para el periodo 2016, a los siguientes Oficiales Superiores: - Titular: Capitán de Navío SGC. César Alejandro PAREDES Blanco, DNI. 01324469. - Alterno: Capitán de Fragata SGC. Douglas Edwin PERRY Carty, DNI. 07968427. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1385627-1

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de México, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Ecuador, Nicaragua, Brasil y República de Corea
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 567-2016-DE/SG Lima, 26 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. F-374, del 09 de mayo de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500-2432, del 23 de mayo de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra, del 01 al 30 de junio de 2016, con la finalidad de efectuar un levantamiento hidrográfico en los ríos de la Amazonía peruana; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra, del 01 al 30 de junio de 2016, con la finalidad de efectuar un levantamiento hidrográfico en los ríos de la Amazonía peruana. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209.

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