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588278 NORMAS LEGALES Lunes 30 de mayo de 2016 / El Peruano Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012- EF; Con la opinión favorable del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, con el Visto Bueno del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de la transferencia fi nanciera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Cusco. Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/. 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Cusco, para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y Minas, encargada de ejercer las competencias en materia minero – energéticas, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/.120 000.00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle: A la Región Cusco : Organismo Público Pliego : N° 446 Gobierno Regional de Cusco Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : N° 0789 Entidad Bancaria : Banco de la Nación Cuenta Corriente : N° 00-161-057622 CCI : N° 018-161-000161057622-03 RUC : N° 20527147612 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en la Adenda de Ampliación del Convenio de Cooperación y Gestión celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Cusco suscrito al 30 de diciembre de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego Encargado del Despacho del Ministerio de Energía y Minas 1386049-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, a que se refiere la Ley N° 28933 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2016 MTC/01 Lima, 26 de mayo de 2016 VISTO: El Ofi cio N° 048-2016-EF/CE-36 del Presidente (e) de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión – Ley N° 28933; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión, modifi cada por la Ley N° 29213, crea el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, conformado por el Coordinador, la Comisión Especial y todas las Entidades Públicas que suscriban los acuerdos a que se refi ere el literal a) del párrafo 3.1 del artículo 3 o que representen al Estado peruano en la suscripción de tratados señalados en el literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3 de la citada norma legal; Que, la Ley N° 28933, en su artículo 7, dispone que: i) la Comisión Especial estará adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, ii) tendrá por objeto la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión y, iii) estará integrada, entre otros, por miembros permanentes y no permanentes, comprendiendo entre estos últimos, a un representante de cada Entidad Pública involucrada en una controversia; Que, mediante documento de Visto, el Presidente (e) de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, Ley N° 28933, informó que en sesión de fecha 28 de abril de 2016, se determinó por unanimidad, incorporar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la referida Comisión Especial en calidad de miembro no permanente, con la fi nalidad de participar en el procedimiento de arbitraje interpuesto por la empresa D&E INVESTMENT E.I.R.L, por supuesto incumplimiento de obligaciones por parte de la República del Perú al Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre Perú y Estados Unidos, así como al Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito entre el Perú y Ecuador; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a los representantes, titular y alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la precitada Comisión Especial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158; en la Ley N° 29370; en la Ley N° 28933; en el Decreto Supremo N° 125-2008-EF; y en el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Humberto Valenzuela Gómez, Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre y a la señora Patricia Cristina Carreño Ferré, Asesora II del Despacho Ministerial, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, a que se refi ere la Ley N° 28933, en calidad de miembros no permanentes. Artículo 2.- Transcribir copia de la presente Resolución a la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, Ley N° 28933 y a las personas designadas en el artículo precedente. Artículo 3.- Los representantes del Ministerio designados en el artículo 1 de la presente resolución, deberán llevar a cabo el encargo encomendado, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 001- 2007-MTC/09, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 001-2007-MTC/09. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1385556-1