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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (24/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 40

605034 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2016 / El Peruano Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ N° de Días Total Viáticos US$ Mercedes Castro García 2 304,00 540,00 3 + 2 2 700,00 (…)” DEBE DECIR: “(…) Artículo 2° .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasaje aéreo Clase Económica US$ Viáticos por día US$ N° de Días Total Viáticos US$ María Mercedes Josefi na Margarita Castro García de Rebagliati 2 304,00 540,00 3 + 2 2 700,00 (…)” 1456498-1 SALUD Aprueban Documento Técnico: “Definiciones Operacionales y Criterios de Programación y de Medición de Avances de los Programas Presupuestales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 907-2016/MINSA Lima, 21 de noviembre del 2016 Visto, el expediente N° 15-099879-001, que contiene el Informe N° 008-2016-DGPN-DMSP/MINSA, y el Memorándum N° 195-2016-DGPN/MINSA de la Dirección General de Políticas y Normatividad en Salud Pública, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley N° 29812, establece que el responsable del programa presupuestal es el titular de la entidad que tiene a cargo la implementación de dicho programa, quien además, debe dar cuenta sobre el diseño, uso de los recursos públicos asignados y el logro de los resultados esperados. En el caso de programas presupuestales que involucren a más de una entidad, la responsabilidad recae en el titular de la entidad que ejerce la rectoría de la política pública correspondiente a dicho programa presupuestal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 289- 2013/MINSA, se aprobó el Documento Técnico de Defi niciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fi scal 2013: Articulado Nutricional; Salud Materna Neonatal; Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA; Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; Enfermedades No Transmisibles; Prevención y Control del Cáncer y Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias; Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres. Así también se aprobó la versión electrónica de la matriz de la Estructura de Costos de los Programas Estratégicos: Articulado Nutricional, Salud Materna Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Trasmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Reducción de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias y Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres; Que, por Resolución Ministerial N° 555-2013/MINSA, se modifi có el Documento Técnico de Defi niciones Operacionales y Criterios de Programación de los Programas Presupuestales para el año fi scal 2013; Que, con la Resolución Ministerial N° 431-2014/ MINSA, se designaron a los Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales del Ministerio de Salud, en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2015; Que, mediante el Decreto Supremo N° 007-2016-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, los artículos 65 y 66 del Reglamento antes referido, señalan que la Dirección General de Políticas y Normatividad en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de diseñar las políticas de salud pública, así como dirigir los procesos de monitoreo, seguimiento y evaluación de las mismas. Asimismo, es responsable de normar en materia de salud pública, como Gestión de Control de Riesgo de Enfermedades, transferencia tecnológica en salud y otras materias relacionadas a Salud Pública, teniendo entre otras funciones la de proponer las políticas de salud pública, proponer y supervisar los lineamientos y normas de alcance nacional orientados al logro de los objetivos de las políticas de salud pública en los diferentes niveles de gobierno, así como proponer lineamientos, normas, proyectos y estrategias en materia de vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, y Laboratorios de Salud Pública (LSP), así como realizar su seguimiento y monitoreo; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Políticas y Normatividad en Salud Pública; Que, mediante el Informe N° 986-2016-OGAJ/MINSA, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable; Con el visado de la Directora General (e) de la Dirección General de Políticas y Normatividad en Salud Pública, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 007-2016-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: “Defi niciones Operacionales y Criterios de Programación y de Medición de Avances de los Programas Presupuestales”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los órganos de Línea del Despacho Viceministerial de Salud Pública, así como la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, y la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, son responsables técnicos de los Programas Presupuestales y desarrollarán las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el citado Documento Técnico. Artículo 3.- Encargar a la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a realizar las acciones de monitoreo, seguimiento y evaluación del