Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2016 (24/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 24 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

605031

Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que: "Los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente"; Que, conforme con lo previsto en el último párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, mediante los documentos de Vistos, el CITEacuícola Ahushiyacu, presenta la propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos del mencionado CITE, el mismo que está conformado por siete (07) servicios tecnológicos, dentro de los cuales se encuentran cuatro (04) servicios de capacitaciones denominados: i) Buenas prácticas acuícolas; ii) Optimización de recursos en el sistema de alimentación de cultivo de tilapia; iii) Estructuración de planes de negocio para la actividad acuícola; y, iv) Rentabilidad y sostenibilidad acuícola; y tres (03) servicio de asistencia técnica denominados: i) Producción y levante de alevines en la actividad acuícola; ii) Producción de carne en la actividad acuícola; y, iii) Competitividad acuícola, teniendo en cuenta que dichos servicios se encuentran dentro de sus funciones; Que, mediante el Informe N° 187-2016-ITP/OPPM, presentado el 15 de noviembre de 2016, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación del "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Ahuashiyacu ­ CITEacuícola Ahuashiyacu"; Que, mediante el Informe N° 470-2016-ITP/OAJ, de fecha 15 de noviembre de 2016, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, para la aprobación del Tarifario antes mencionado, al encontrarse los servicios contenidos en el mismo, dentro de las funciones del ITP y cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia; Con la visación de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Ahuashiyacu ­

CITEacuícola Ahuashiyacu", conforme se detalla a continuación:
Unidad de Medida Valor del Servicio (soles)



DENOMINACIÓN DEL SERVICIO SERVICIOS DE CAPACITACIONES

% UIT

001 Buenas practicas acuícolas

Servicio

49.65 54.21 58.77 38.57 368.50 300.10 334.30

1.2569 1.3723 1.4878 0.9765 9.3291 7.5975 8.4633

Optimización de Recursos en el Sistema de 002 Servicio Alimentación de Cultivo de Tilapia 003 004 005 006 007 Estructuración de plan de negocio para la actividad acuícola Rentabilidad y sostenibilidad acuícola SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA Producción y levante de alevines en la actividad acuícola Producción de carne en la actividad acuícola Competitividad acuícola Servicio Servicio Servicio Servicio Servicio

Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día, en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN CASTILLEJO LEGTIG Director Ejecutivo 1456677-1

Designan Director de la Dirección de Operaciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 227-2016-ITP/DE Callao, 23 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva N° 73-2016-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de mayo de 2016, se designó al señor Gian Carlo Alberto Flores Cáceres, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Operaciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo citado, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; Con las visaciones de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gian Carlo Alberto Flores Cáceres, en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Operaciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); siendo su último día de funciones el 23 de noviembre de 2016, dándole las gracias por los servicios prestados.

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