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605031 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2016 El Peruano / Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que: “Los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente”; Que, conforme con lo previsto en el último párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, mediante los documentos de Vistos, el CITEacuícola Ahushiyacu, presenta la propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos del mencionado CITE, el mismo que está conformado por siete (07) servicios tecnológicos, dentro de los cuales se encuentran cuatro (04) servicios de capacitaciones denominados: i) Buenas prácticas acuícolas; ii) Optimización de recursos en el sistema de alimentación de cultivo de tilapia; iii) Estructuración de planes de negocio para la actividad acuícola; y, iv) Rentabilidad y sostenibilidad acuícola; y tres (03) servicio de asistencia técnica denominados: i) Producción y levante de alevines en la actividad acuícola; ii) Producción de carne en la actividad acuícola; y, iii) Competitividad acuícola, teniendo en cuenta que dichos servicios se encuentran dentro de sus funciones; Que, mediante el Informe N° 187-2016-ITP/OPPM, presentado el 15 de noviembre de 2016, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para la aprobación del “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Ahuashiyacu – CITEacuícola Ahuashiyacu”; Que, mediante el Informe N° 470-2016-ITP/OAJ, de fecha 15 de noviembre de 2016, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, para la aprobación del Tarifario antes mencionado, al encontrarse los servicios contenidos en el mismo, dentro de las funciones del ITP y cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia; Con la visación de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifi ca su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 088-2001- PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Ahuashiyacu – CITEacuícola Ahuashiyacu”, conforme se detalla a continuación: Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO Unidad de Medida Valor del Servicio (soles) % UIT SERVICIOS DE CAPACITACIONES 001 Buenas practicas acuícolas Servicio 49.65 1.2569 002 Optimización de Recursos en el Sistema de Alimentación de Cultivo de Tilapia Servicio 54.21 1.3723 003 Estructuración de plan de negocio para la actividad acuícola Servicio 58.77 1.4878 004 Rentabilidad y sostenibilidad acuícola Servicio 38.57 0.9765 SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA 005 Producción y levante de alevines en la actividad acuícola Servicio 368.50 9.3291 006 Producción de carne en la actividad acuícola Servicio 300.10 7.5975 007 Competitividad acuícola Servicio 334.30 8.4633 Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y en el mismo día, en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN CASTILLEJO LEGTIG Director Ejecutivo 1456677-1 Designan Director de la Dirección de Operaciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 227-2016-ITP/DE Callao, 23 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva N° 73-2016-ITP/DE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 24 de mayo de 2016, se designó al señor Gian Carlo Alberto Flores Cáceres, en el cargo de confi anza de Director de la Dirección de Operaciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo citado, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; Con las visaciones de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifi ca su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Gian Carlo Alberto Flores Cáceres, en el cargo de confi anza de Director de la Dirección de Operaciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); siendo su último día de funciones el 23 de noviembre de 2016, dándole las gracias por los servicios prestados.