Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2016 (26/11/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 26 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

605207

artículo 160 de la Ley, por empresas calificadas como importadores frecuentes o certificadas como operador económico autorizado. (...) Concentrados de minerales metalíferos y barras con contenido de metales preciosos 12. La extracción de la muestra representativa de concentrados de minerales metalíferos, para la determinación de la humedad y la composición de los concentrados, se realiza conforme a la norma ISO 12743 u otra norma estándar aplicable a nivel nacional o internacional; y está a cargo de una entidad acreditada en la extracción de muestras de este tipo de mercancías por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), excepto cuando el embarque se realiza por faja, tubería u otro medio similar que cuenta con un sistema de toma de muestra automático, en cuyo caso este proceso es supervisado por una entidad acreditada ante INACAL. La autoridad aduanera puede participar en el proceso de extracción de muestra. La muestra y la contramuestra obtenidas por la entidad acreditada son entregadas por el despachador, dueño, consignatario o consignante al funcionario aduanero en el momento del reconocimiento físico. En el caso de embarque por faja, tubería u otro medio similar, que cuenta con un sistema de toma de muestra automático, la muestra y la contramuestra son entregadas al área que administra el régimen hasta el día hábil siguiente de la fecha del término de embarque. La muestra y la contramuestra deben estar contenidas en envases herméticos impermeables con cintillo de seguridad o elemento similar que garantice su inviolabilidad, con un mínimo de espacio de aire libre para minimizar cualquier cambio de contenido de humedad. Estos envases deben estar rotulados con la siguiente información: - Norma ISO u otra norma estándar nacional o internacional aplicada. - Identificación de la entidad acreditada. - Número de la declaración y de la serie correspondiente a la muestra. - Fecha del muestreo. - Identificación y firma del responsable de la obtención de la muestra o del responsable de su supervisión y de la persona que entrega la muestra. En el caso de la extracción de muestras de barras, lingotes o bloques, se utiliza un taladro eléctrico portátil con broca gruesa de acero rápido, el cual se aplica en forma perpendicular a las caras de la barra, no considerando para efectos del análisis las primeras virutas, las cuales se devuelven al interesado al momento de la extracción, y se registra este acto en el "Acta de Extracción de Muestras/ Recepción y Transcripción de Etiquetas" (Anexo 1). (...) Cantidad de muestras a extraer 14. Las muestras de los productos que a continuación se detallan deben extraerse en las siguientes cantidades:
Arancel Mercancía

Etiquetas" en presencia del despachador de aduana, el dueño, consignatario o consignante, y del representante del depósito temporal, quienes firman conjuntamente el acta, en original y tres copias. El representante del depósito temporal solo participa de la suscripción del acta cuando se trata del proceso de extracción de muestras. Los documentos se distribuyen de la siguiente manera: Original : área de despacho. 1ra copia : funcionario aduanero encargado del reconocimiento, la cual se adjunta al sobre de los documentos sustentatorios de la declaración o declaración simplificada. 2da copia : despachador de aduana, dueño, o consignatario o consignante. 3ra copia : almacén aduanero, punto de llegada, local autorizado en el que se realiza el reconocimiento. En el caso previsto en el tercer párrafo del numeral 12 precedente, el funcionario aduanero formula el "Acta de Extracción de Muestras/Recepción y Transcripción de Etiquetas" en presencia del despachador de aduana, dueño o consignante al momento de la entrega de la muestra y de la contramuestra. En el caso de concentrados de minerales metalíferos, el despachador de aduana, el dueño, consignatario o consignante, debe especificar en el acta los elementos pagables y penalizables de acuerdo al contrato de compra-venta internacional, considerando solo para fines referenciales, la información especificada en el Anexo 7 "Elementos de los concentrados de minerales metalíferos". Los almacenes aduaneros, dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente de efectuada la extracción de muestras, deben remitir a los correos electrónicos que cada intendencia de aduana determine, la relación de las actas de extracción de muestras solicitadas por los funcionarios aduaneros. La relación debe contener: el número de la declaración, la descripción de la mercancía, la cantidad de muestra extraída, la fecha y el nombre del funcionario aduanero a cargo del despacho. El personal encargado del registro de actas del área del régimen correspondiente, verifica que la cantidad de muestras entregadas por los funcionarios aduaneros concuerde con la información remitida por los almacenes, de existir discrepancias informa a su jefe inmediato superior para las acciones que correspondan. (...) 19. El personal encargado registra la información del "Acta de Extracción/Recepción de Muestras y Transcripción de Etiquetas" en el Módulo de Boletín Químico, generándose el número de boletín químico, el que se consigna en el acta. Posteriormente remite al Laboratorio Central conjuntamente con la muestra y además la contramuestra, tratándose de concentrados de minerales metalíferos, incluso si no se cuenta con el número de la liquidación de cobranza por el servicio de laboratorio, los siguientes documentos: a. Acta de Extracción/ Recepción de Muestras y Transcripción de Etiquetas; (...) Resultados del análisis físico - químico 30. El plazo para la expedición del boletín químico es de 48 horas a partir de la recepción de la muestra por el Laboratorio Central, con excepción de los casos en que el despacho se encuentra interrumpido por acción de lo previsto en el numeral 2 del presente literal, supuesto en el cual el plazo es de 24 horas; y de 96 horas en el caso de concentrados de minerales metalíferos. En los casos que se haya solicitado literatura técnica, hoja de seguridad o muestra, el plazo para la expedición del boletín es de 48 horas después de haber recibido la información o la muestra solicitada. (...)

Capítulo 13 Extractos, mucílagos y espesativos: 50 g Capítulo 25 En polvo o en trozos: 200 g Capítulo 26 (...) - Concentrados de minerales metalíferos: Muestra representativa y contramuestra, húmedas: 2.5 Kg cada una. - Otros: En polvo o en trozos: 200 g

(...) Acta de Extracción/ Recepción de muestras y transcripción de etiquetas 16. El funcionario aduanero formula el "Acta de Extracción/Recepción de Muestras y Transcripción de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.