Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2016 (07/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 7 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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y con los visados de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el procedimiento y requerimientos para autorizar a Laboratorios de Ensayo de alimentos agropecuarios primario y piensos contenido en el "Procedimiento: Autorización a Laboratorios de ensayo de alimentos agropecuarios primarios y piensos", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe) conjuntamente con el "Procedimiento: Autorización a Laboratorios de ensayo de alimentos agropecuarios primarios y piensos", aprobado en el artículo 1° de esta Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUE CARRASCO VALIENTE Director General Servicio Nacional de Sanidad Agraria Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria 1437758-1

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, SENASA y Universidad Nacional Agraria La Molina
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0177-2016-INIA Lima, 21 de setiembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 0216-2016-INIA-PNIA/UPPS, de fecha 07 de setiembre de 2016, de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas del Programa Nacional de Innovación Agraria y el Informe Técnico Nº 060-2016-INIAOPP/UPRE, de fecha 20 de setiembre de 2016, de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDOS: Que, mediante Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2016, se aprobó entre otros, el Presupuesto del Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria y por Resolución Jefatural Nº 0315/2015-INIA, de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de Gastos e Ingresos del Año Fiscal 2016 por el monto ascendente a S/ 193 059 403,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TRES y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento; Que, con Decreto Supremo Nº 354-2013-EF, de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobó las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ­ BIRF hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE suscrito con el Banco Mundial, de fecha 15 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2: Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios,

entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0180-2014-INIA de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con Resolución Ministerial Nº 0547-2015-MINAGRI, de fecha 03 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso critico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera; Que, mediante Oficio Nº 0216-2016-INIA-PNIA/ UPPS, de fecha 07 de septiembre de 2016, la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas de la Unidad Ejecutora 019 Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA solicitó la transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras: i) 001-1031 Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza - Amazonas, ii) 001-157 Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA, y iii) 00196 Universidad Nacional Agraria La Molina, por un monto total de S/ 2 212 910,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Nº 30372, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15º de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo; Que, mediante Informe Nº 060-2016-INIA-UPRE/ OPP, de fecha 20 de setiembre de 2016, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, recomendó autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 2 212 910,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA a favor de la Unidad Ejecutora: i) 001-1031 Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza - Amazonas, del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, ii) 001-157 Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y iii) 001-96 Universidad Nacional Agraria La Molina, del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina, para financiar la ejecución de 11 proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial, con cargo al Proyecto de Inversión Pública 2194085 Consolidación del Sistema de Innovación Agraria; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución

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