Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2016 (07/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de octubre de 2016 /

El Peruano

Pesquera ­ SANIPES; dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al Abg. CARLOS STEIERT GOICOCHEA como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- DEJAR SIN EFECTO la encargatura dispuesta en el artículo segundo de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 094-2016-SANIPES/DE de fecha 30 de setiembre de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4.- DESIGNAR al Abg. JOSÉ OMAR HERRERA CANDELARIO como Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 5.- DISPONER la notificación de la presente resolución a los interesados, así como su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA GARCÍA BONILLA Directora Ejecutiva Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES 1438171-1

Autorizan viaje de profesionales del IMARPE a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 282-2016-IMARPE/DEC Callao, 5 de octubre de 2016 VISTO: El Oficio RE (DSL-AMA) Nº 2-12-A/277 de fecha 12 de agosto de 2016, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Oficio Nº 432-2016-IMARPE/CD de fecha 28 de agosto de 2016, de la Presidencia del Consejo Directivo; el Memorándum Nº 517-2016-IMARPE/DGIRP de fecha 06 de setiembre de 2016, de la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos; el Memorándum Nº 542-2016-OGA/IMARPE de fecha 13 de setiembre de 2016, de la Oficina General de Administración; el Memorándum Nº 436-2016-IMARPE/ OGPP de fecha 15 de setiembre de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 322-2016-IMARPE/OGAJ de fecha 26 de setiembre de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Acuerdo Nº 080-2016-CD/O, adoptado en la Décima Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del Imarpe, celebrada el 03 de octubre de 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio RE (DSL-AMA) Nº 2-12-A/277 de fecha 12 de agosto de 2016, la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que el Director de la Comisión Interamericana del Atún Tropical ­ CIAT, a través de la Circular Ref.:0423-410 convoca a la 90º Reunión de la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT) y las Reuniones del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD), en La Jolla, California, EE.UU., del 10 al 14 de octubre de 2016, solicitando designar a los representantes peruanos que participarán en las mencionadas reuniones; Que, con Oficio Nº 432-2016-IMARPE/CD de fecha 28 de agosto de 2016, la Presidencia del Consejo Directivo del Imarpe comunica al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción que

la Doctora Gladys Cárdenas de Pellón, en su calidad de Comisionada Nacional ante la CIAT, y el biólogo José Salcedo Rodríguez han sido designados para participar en la 90º Reunión de la Comisión Interamericana de Atún Tropical (CIAT) y las Reuniones del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD); Que, mediante Memorándum Nº 517-2016-IMARPE/ DGIRP de fecha 06 de setiembre de 2016, la Dirección General de Investigaciones de Recursos Pelágicos alcanza el Informe Técnico sustentatorio del viaje de los profesionales del Imarpe para participar en las reuniones organizadas por la CIAT, para que se tramite la autorización correspondiente; Que, el Informe Técnico que sustenta el viaje señala el Perú como miembro pleno de la Comisión Interamericana del Atún Tropical ­ CIAT y del Acuerdo Internacional para la Conservación de Delfines ­ APICD, viene participando en las diferentes reuniones convocadas por esta organización con voz y voto, principalmente en las decisiones de manejo para la conservación de las principales especies de atunes en el Océano Pacífico Oriental, por lo que su presencia reviste gran importancia ante la perspectiva de desarrollo de la pesquería de éstos recursos; Que, el objetivo principal de la reunión de la CIAT y el APCD consiste en analizar las medidas alternativas de ordenación para los atunes tropicales en el Océano Pacífico Oriental (OPO), a fin de brindar asesoramiento técnico científico al Viceministro de Pesca y Acuicultura para la toma de decisiones de manejo (vedas, cuotas de captura permisible, capacidad de acarreo, entre otros). Además, la participación del Perú permitirá atender de manera adecuada y oportuna sus obligaciones por ser miembro pleno del APICD y la CIAT; Que, el Perú se encuentra en un proceso de reactivación económica dentro del cual tiene la firme convicción de desarrollar la pesquería del atún como elemento que brindará múltiples beneficios para el desarrollo y bienestar de nuestra población. En tal sentido, según la Ley Nº 28965, Ley de Promoción para la Extracción de Recursos Hidrobiológicos Altamente Migratorios, se han establecido medidas para promover la globalización de la pesquería del atún y el desarrollo de la industria conservera y de congelado de estas especies; Que, uno de los objetivos estratégicos del Gobierno peruano está referido al incremento de la participación de nuestro país en la pesca en aguas internacionales y fortalecer los estudios de investigación sobre la pesquería del atún y especies afines, hecho que obliga al Perú a estar presente en las diferentes reuniones de la referida Comisión; Que, la participación nacional en las reuniones de la CIAT, permitirá al Perú promocionar las actividades extractivas de atunes mediante la conformación de una flota atunera nacional con el consiguiente beneficio socioeconómico para nuestro país. Para este fin se deben presentar evidencias científicas, realizar coordinaciones y negociaciones con los países miembros de la Comisión Interamericana del Atún Tropical, a fin de lograr el consenso de todas las Partes de esta organización para que se atienda la solicitud peruana; Que, las reuniones permitirán que el Perú participe en las discusiones sobre el Plan de Gestión de la Capacidad en el OPO para lograr la consolidación de una flota atunera nacional, y en las discusiones sobre medidas alternativas de ordenación de los atunes tropicales a fin de establecer un Programa multianual para la conservación de atunes 2017-2019. Además, indica el Informe, que se promoverá el incremento de las actividades en la pesquería del atún, de acuerdo con los lineamientos de Política del Sector Pesquero, respecto al "Desarrollo de nuevas Pesquerías"; Que, asimismo, en el Informe Técnico se considera que el referido viaje se encuentra dentro de la excepción del inciso a) del numeral 10.1 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2016, por tratarse de acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, mediante Memorándum Nº 542-2016-OGA/ IMARPE de fecha 13 de setiembre de 2016, la Oficina General de Administración indica los gastos que irrogará

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