Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2016 (17/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Lunes 17 de octubre de 2016 /

El Peruano

ORGANISMOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 5334-2016.Autorizan a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencia en el departamento de Lima 601817

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza Nº 341/MSJM.- Ordenanza que otorga facilidades de pago en deudas tributarias y no tributarias 601818 Ordenanza Nº 342/MSJM.- Ordenanza que establece beneficios para la regularización de edificaciones y promoción de la inversión en el distrito 601820 señor Rómulo Leonidas Zegarra Chávez para que se declare como Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad de San Isidro Labrador del distrito de Ichocán, provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca y remite también el expediente técnico preparado para este fin por los señores Rómulo Leonidas Zegarra Chávez, George Numa Velásquez Chávez, Rosario Paredes Velásquez y Jorge Lombardi Pérez; Que, el expediente técnico en cuestión cuenta con 73 folios que incluyen la descripción y características de esta festividad y los elementos que la componen, así como diversos anexos como artículos periodísticos, testimonios de especialistas y de portadores, partituras y fotografías digitales, entre otros. El expediente incluye también un Oficio del señor José Lázaro, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ichocán, de fecha 15 de abril de 2015, por el cual expresa a la Directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca que los señores Rómulo Leonidas Zegarra Chávez y Saúl Ruiz Lezama son representantes de dicha Municipalidad para la gestión de la declaratoria. Se incluye igualmente un Memorial firmado el 11 de diciembre de 2015, por más de 50 portadores de la expresión cultural en cuestión, en el cual manifiestan su respaldo a la iniciativa de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 000538-2016/DGPC/ VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva a la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 000251-2016/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC del 21 de setiembre de 2016, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomienda declarar a la Festividad de San Isidro Labrador del distrito de Ichocán, provincia de San Marcos, región Cajamarca, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, Ichocán es uno de los siete distritos que conforman la provincia de San Marcos, en el departamento de Cajamarca. Está conformado por 11 comunidades: La Colpa, La Chilca, Montoya, Sunchupampa, Paucamayo, Llanupacha, Poroporo, Poroporito, Llollón, Pamplona y La Totorilla. Dedicada desde tiempos inmemoriales a la agricultura, su vocación por esta actividad tradicional fue registrada en 1874 por el investigador y geógrafo italiano Antonio Raimondi, en el Tomo I de la publicación El Perú, donde describe la zona de la siguiente manera: "el terreno que media entre San Marcos e Ichocán es un plano inclinado, cubierto de una hermosa sábana verde, formada por los sembríos de trigo y maíz. En pocos lugares del Perú se ven tan extensos cultivos de granos, y en pocos lugares también habrá terrenos que, sin abonos y sin descanso, produzcan cosechas tan abundantes"; Que, San Isidro es un santo madrileño cuyos milagros, vinculados al mundo agrícola, han dado lugar a que sea considerado el patrón de los agricultores, siendo su fecha de celebración en el calendario católico el 15 de mayo; Que, desde España esta devoción pasó a los Andes incorporándose a las festividades de los pueblos andinos, agricultores por excelencia. El expediente señala que el culto a San Isidro llegaría a Cajamarca a inicios de la conquista española y se fortalecería en 1701 con la fundación de la parroquia de Ichocán, la misma que durante el virreinato constituyó una de las mayores aportantes de impuestos eclesiásticos de la provincia de Cajamarca; Que, la festividad de San Isidro Labrador en Ichocán se festeja el tercer domingo de mayo, coincidiendo en el calendario agrícola comunal con las faenas organizadas

PODER EJECUTIVO

CULTURA
Declaran la Festividad de San Isidro Labrador del distrito de Ichocán, provincia de San Marcos, región Cajamarca, como Patrimonio Cultural de la Nación
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 135-2016-VMPCIC-MC Lima, 14 de octubre de 2016 VISTOS, la Carta S/N del Alcalde distrital de la municipalidad distrital de Ichocán, de la provincia de San Marcos, departamento de Cajamarca y el Informe Nº 000251-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial de fecha 21 de setiembre de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que "Integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural"; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que el INC (hoy Ministerio de Cultura), la Biblioteca Nacional del Perú y el Archivo General de la Nación están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que "es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, corresponde al Ministerio de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la Ley, y con la participación activa de la comunidad, realizar una permanente identificación de dichas manifestaciones tradicionales del país que deben ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 001-2016/DDC-CAJ de fecha 5 de enero, la señora Carla Díaz García, Directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, corre traslado al Ministerio de Cultura de la solicitud del

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