Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2016 (02/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 2 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1422989-1

Renuevan autorización otorgada a Radio Panamericana S.A., para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Aucayacu, departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 1183-2016-MTC/03 Lima, 19 de agosto de 2016 VISTO, el escrito de registro No. T-038836-2016 del 09 de febrero de 2016, presentado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovación de la autorización que le fuera renovada con la Resolución Viceministerial No. 458-2006-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Aucayacu, departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Viceministerial No. 458-2006MTC/03 del 28 de agosto de 2006, se renovó por mandato expreso de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley No. 28853, la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial No. 172-96-MTC/15.17, a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Aucayacu, departamento de Huánuco, con vigencia hasta el 25 de abril de 2016; Que, con escrito de Visto, la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. solicitó la renovación de la autorización que fuera renovada con Resolución Viceministerial No. 458-2006-MTC/03; Que, el artículo 15 de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley No. 28278, concordado con los artículos 21 y 67 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 0052005-MTC, establecen que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69 y 71 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables al procedimiento de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19 de la Ley de Radio y Televisión establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe No. 1697-2016MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada con Resolución Ministerial No. 172-96MTC/15.17 y renovada con Resolución Viceministerial No. 458-2006-MTC/03, de titularidad de la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., al haber cumplido con las condiciones para la renovación y con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto, y verificarse que la administrada y sus integrantes no se encuentran incursos en las causales para denegar la renovación de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión ­ Ley No. 28278 y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial No. 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias y el Decreto Supremo No. 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo No. 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. con Resolución Ministerial No. 172-96-MTC/15.17 y renovada mediante Resolución Viceministerial No. 458-2006-MTC/03, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Aucayacu, departamento de Huánuco; por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 25 de abril de 2026. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo No. 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo No. 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados. Artículo 4º.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38 del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones en Emergencias, aprobado por Decreto Supremo No. 051-2010-MTC. Artículo 5º.- La renovación a la que se contrae la presente resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1422991-1

Renuevan autorización otorgada a Radio Panamericana S.A. para continuar prestando servicios de radiodifusión en FM en localidad del departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 1184-2016-MTC/03 Lima, 19 de agosto de 2016 VISTO, el escrito de registro No. 2015-063703 del 07 de octubre de 2015, presentado por la empresa RADIO PANAMERICANA S.A., sobre renovación de la autorización que le fuera renovada con la Resolución Viceministerial No. 458-2006-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Celendín - Jorge

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