Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 3 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ 546.00

Pasajes aéreos

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1424157-2

Autorizan viaje de personal policial a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 268-2016-IN Lima, 2 de setiembre de 2016 VISTOS; el Facsímil (DSD-SCD) Nº 0182, de fecha 13 de julio de 2016, de la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; y, el Memorándum Nº 2265-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 19 de agosto de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD-SCD) Nº 0182, de fecha 13 de julio de 2016, la Dirección de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú se dirige a la Secretaría General del Ministerio del Interior adjuntado la Nota Nº 4-2-0313/2016, de fecha 4 de julio de 2016, procedente de la Embajada de la República del Ecuador, mediante la cual transmite la invitación del Ministerio del Interior ecuatoriano, para que cuatro (4) funcionarios de la Dirección Ejecutiva de Criminalística de la Policía Nacional del Perú participen en un taller de intercambio de experiencias y buenas prácticas, a realizarse del 6 al 7 de setiembre de 2016, en el Laboratorio de Criminalística y Ciencias Forenses de la Policía Nacional del Ecuador, sito en la ciudad de San Francisco de Quito - República del Ecuador; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 272-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 12 de agosto de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios del 5 al 7 de setiembre de 2016, a la ciudad de San Francisco de Quito - República del Ecuador, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Juan Manuel Hidalgo Zambrano, del Mayor de

Servicios de la Policía Nacional del Perú Melquiades Domingo Tumba Chamba, del Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Richard Manuel Pinto Gamarra y de la Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Karim Isabel Atarama Gálvez, para que participen en el evento indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 2265-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 19 de agosto de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando además que el mismo irroga gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos de alimentación, movilización y alojamiento son asumidos por el Gobierno ecuatoriano, conforme lo establece el Oficio Nº 4465-2016-DIREJADMDIRECFIN-PNP/DIVPRE., de fecha 6 de agosto de 2016 y Nota Nº 4-2-0313/2016, de fecha 4 de julio de 2016, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes al exterior de personal Militar y Civil del sector Defensa, el mismo que se hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende entre otras, la modalidad Comisión de Servicios, Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Mayor de la Policía Nacional del Perú

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