Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

PRODUCE
Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad - INACAL a la República Popular China, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2016-PRODUCE Lima, 2 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, señala que el Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia en normalización, acreditación y metrología; asimismo, el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, dispone que tiene como finalidad contribuir con el desarrollo y el cumplimiento de la política nacional para la calidad con miras al desarrollo y la competitividad de las actividades económicas y la protección del consumidor. Que, con documento de fecha 19 de febrero de 2016, el señor Kevin McKinley, Acting ISO Secretary ­ General, cursó al INACAL la invitación a la "2016 ISO General Assembly" y sus reuniones relacionadas, en la ciudad de Beijing, República Popular China, a realizarse del 9 al 14 de setiembre, solicitando además se designen hasta tres delegados para participar del mencionado evento; Que, el Organismo de Normalización Internacional ­ ISO (con sus siglas en inglés), cuenta con gran reconocimiento, tal es así que la Organización Mundial del Comercio ha reconocido las normas ISO como el marco de referencia en el comercio internacional; dicho organismo está conformado por 161 países, representados por sus organismos nacionales de normalización, indicando que nuestro país participa desde el año 2007 con voz y voto dado su status de miembro pleno, ello como resultado de la necesidad de atender las exigencias en el marco de los acuerdos comerciales de libre comercio; Que, el Informe N° 22-2016-INACAL/DN, de la Dirección de Normalización del INACAL, señala que la participación del INACAL en la Asamblea General del ISO es importante ya que en ella sus miembros evalúan la dirección que toma el ISO respecto a temas globales en materia de normalización; asimismo, las reuniones permiten fortalecer las capacidades técnicas y evaluar futuras alianzas entre INACAL y Organismos de Normalización Internacional; Que, el Informe N° 07-2016-INACAL/OCOOP, de la Jefa de la Oficina de Cooperación Internacional del INACAL, señala que la participación de la Presidenta Ejecutiva del INACAL contribuirá a i) armonizar las normas peruanas con las normas internacionales; ii) Al uso y adopción de normas internacionales; iii) Promover la internacionalización de las Normas Técnicas Peruanas de productos peruanos; iv) Desarrollar las competencias de normalización en el Perú a la par con el desarrollo a nivel internacional; v) Tener acceso directo al conocimiento y experiencias a nivel internacional; vi) Participar en la normalización internacional; vii) Sentar las bases para convenios con pares estratégicos del mundo; vii) Intercambiar experiencias de participación de MIPYME en la elaboración y aplicación de normas; ix) Acceder a programas de apoyo y cooperación técnica ofrecida por las organizaciones participantes y x) Demostrar el avance de la Infraestructura de la Calidad en el Perú para incrementar la confianza en productos y servicios peruanos; Que, con el Informe N° 123-2016-INACAL-OPP, el Jefe de Planeamiento y Presupuesto del INACAL, emite opinión favorable respecto a la participación de la

Presidenta Ejecutiva del INACAL en la Asamblea General del ISO y sus reuniones relacionadas, señalando que el objetivo del viaje se alinea a los objetivos estratégicos contenidos en el Plan Estratégico Institucional 20152017; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en dicho artículo, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado, Presidenta Ejecutiva del INACAL, a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 09 al 16 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido enla Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619 y modificatorias, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, a la ciudad de Beijing, República Popular China, del 09 al 16 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo Nombres y (clase económica apellidos incluido TUUA) US$ Rocío Ingred Barrios Alvarado 2,648.53 Viáticos por 6 días US$ 500.00 por día (4 + 2 días por concepto de instalación y traslado) 3,000.00

TOTAL US$

5,648.53

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Ministro de la Producción, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será

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