Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 3 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1424157-6

Autorizan viaje de profesionales del IMARPE a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2016-PRODUCE Lima, 2 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de noviembre de 2013, se firma el Convenio de Asociación para la ejecución de Proyecto "Producción de semilla de lenguado PARALICHTHYS ADSPERSUS: II Mejoramiento de las técnicas de larvicultura", entre el Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California ­ CICESE, La Universidad Católica del Norte - UCN y la empresa PACIFIC DEEP FROZEN S.A., con el objeto de establecer los derechos y obligaciones de cada una de las partes para ejecutar el mencionado proyecto; Que, posteriormente, en el marco del mencionado Convenio, con fecha 21 de noviembre de 2013, se firma el Contrato de adjudicación de recursos no reembolsables (RNE) N° 236-FINCyT-IA-2013, que otorga la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnología ­ FINCyT, para la ejecución del Proyecto de Investigación Aplicada: "Producción de semilla del lenguado PARALICHTHYS ADSPERSUS: II Mejoramiento de las técnicas de larvicultura", firmado entre la Dirección Ejecutiva del FINCyT y el Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, con el objeto de establecer los términos y condiciones, así como los compromisos de las partes para el desarrollo de las actividades del proyecto; Que, con fecha 19 de diciembre de 2013, el FINCyT y el Coordinador General del Proyecto, suscriben el Acta de Reunión de Inicio del Proyecto "Producción de semilla del lenguado PARALICHTHYS ADSPERSUS: II Mejoramiento de las técnicas de larvicultura", determinando, entre otros acuerdos, que uno de los productos y resultados son "03 investigadores capacitados en México condiciones de cultivo larval y en la elaboración de la microdieta". Que, con el Oficio Interno N° 076-2016-COORD. CONTRATO N°236-FINCyT-IA-2013, la Coordinadora General del Proyecto "Producción de semilla del lenguado PARALICHTHYS ADSPERSUS: II Mejoramiento de las técnicas de larvicultura", solicita a la Directora Ejecutiva Científica del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, gestionar la autorización de viaje para la participación de los señores Joel Fitzgerald Linares Córdova y Angélica María Castro Fuentes, profesionales del IMARPE, en un viaje de entrenamiento en el CICESE, a realizarse en la ciudad de Ensenada de los Estados Unidos Mexicanos, del 05 al 09 de setiembre del año en curso; Que, el Informe Técnico Sustentatorio, suscrito por la Coordinadora General del Proyecto "Producción de semilla del lenguado PARALICHTHYS ADSPERSUS: II Mejoramiento de las técnicas de larvicultura" y los profesionales del IMARPE, Joel Fitzgerald Linares Córdova y Angélica María Castro Fuentes, señala que el mencionado viaje de entrenamiento aborda aspectos importantes en acuicultura, desde el cultivo de larvas de peces marinos, hasta conocimientos en el cultivo de juveniles de lenguado, con la finalidad de conocer las

nuevas tecnologías para el cultivo de juveniles de peces marinos en México, estos serán aplicados en la mejora del laboratorio de Cultivo de Peces, considerando que actualmente el laboratorio viene realizando trabajos de investigación con otras especies marinas con potencial acuícola, como la chita y la cabrilla; siendo en ese sentido de interés nacional e institucional; Que, con el Memorándum N° 1187-2016-PRODUCE/ OGPP-OCTE, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 151-2016-PRODUCE/OGPP-OCTE, de la Oficina de Cooperación Técnica, por el cual manifiesta su conformidad con la participación de los profesionales del IMARPE en el viaje de entrenamiento en el CICESE a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos del 05 al 09 de setiembre de 2016; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior de dicho personal, precisando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en dicho artículo, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la cual se publica en el diario oficial El Peruano; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Joel Fitzgerald Linares Córdova y la señorita Angélica María Castro Fuentes, profesionales del IMARPE, a la ciudad de Ensenada de los Estados Mexicanos del 04 al 10 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido enla Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619 y modificatorias, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Joel Fitzgerald Linares Córdova y la señorita Angélica María Castro Fuentes, profesionales del IMARPE, a la ciudad de Ensenada de los Estados Unidos Mexicanos del 04 al 10 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo a los desembolsos efectuados por el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, según lo contemplado en el Contrato N° 236-FINCyT-IA-2013, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Jose Fitzgerald Linares Córdova Angélica María Castro Fuentes Pasaje aéreo Viáticos por 6 (clase económica días US$ 440,00 incluido TUUA) por día US$ 1 521.14 1 521.14 2 640.00 2 640.00

TOTAL US$

4 161,14 4 161,14

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