Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Juan Manuel Hidalgo Zambrano, del Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Melquiades Domingo Tumba Chamba, del Mayor de Servicios de la Policía Nacional del Perú Richard Manuel Pinto Gamarra y de la Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Karim Isabel Atarama Gálvez, del 5 al 7 de setiembre de 2016, a la ciudad de San Francisco de Quito - República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos 929.00 X Pers. 4 = Total US$ 3,716.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1424157-3

Autorizan viaje de suboficial de la Policía Nacional del Perú a España, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 269-2016-IN Lima, 2 de setiembre de 2016 VISTOS; la Nota Informativa con referencia Reg. Salida 387B/16, de fecha 15 de abril de 2016, de la Agregaduría de Interior del Reino de España en Perú; y, el Memorándum Nº 2206-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 12 de agosto de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Informativa con referencia Reg. Salida 387B/16, de fecha 15 de abril de 2016, la Agregaduría de Interior del Reino de España en Perú hace de conocimiento a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, que en el marco de la Oferta Formativa de la Guardia Civil Española para el año 2016, se está realizando el "I Curso Básico de Socorro en Montaña", a desarrollarse del 5 de setiembre al 25 de noviembre de 2016, en el Centro de Adiestramiento Específico de Montaña de la Guardia Civil en Candanchú, sito en la ciudad de Huesca - Reino de España;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 262-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 11 de agosto 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en misión de estudios, del 4 de setiembre al 26 de noviembre de 2016, a la ciudad de Huesca - Reino de España, del Suboficial Técnico de primera de la Policía Nacional del Perú Jesús Alejandro Pinto Rivera, para que participe en el evento académico indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 2206-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 12 de agosto de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú da su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irroga gastos al Estado; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal en el evento académico indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y la compensación extraordinaria por misión de estudios en el extranjero son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Oficio Nº 4243-2016-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/DIVPRE, de fecha 25 de julio de 2016; Que, el numeral 3) del artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, asimismo el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del sector Defensa, el mismo que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 0012009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, son canalizados a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el

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