Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2016 (04/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
N° 1 REG. 9894

Domingo 4 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como fedatarios institucionales de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao a los siguientes servidores: Fedatarios Institucionales Titulares - VÍCTOR JAVIER TAMAYO CÁCERES - CARLOS FERNANDO BERNALES MARTÍNEZ Fedatarios Institucionales Alternos - JESÚS FRANCISCO MARCELO CIRIACO - CÉSAR REYNALDO BARRANTES MIRANDA Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO ARTURO TOMA OYAMA Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1423945-5

APELLIDOS Y NOMBRES Carvo Pautrat Marina Lourdes

Regístrese, comuníquese y publíquese. PALMER LUIS DE LA CRUZ PINEDA Intendente Regional (e) Intendencia Regional Junín 1423940-1

Aprueban actualización y modificación de las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Función Crítica o Riesgosa a los Trabajadores de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 219-2016/SUNAT Lima, 1 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe Nº 063-2016-SUNAT-8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, que sustenta la actualización y modificación de las Disposiciones Reglamentarias para el Otorgamiento de la Bonificación por Función Crítica o Riesgosa a los Trabajadores de la SUNAT. CONSIDERANDO: Que el artículo 12° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y su modificatoria, autorizan a la SUNAT a otorgar una bonificación adicional por función crítica o riesgosa, la misma que se otorga sólo en función del trabajo crítico o riesgoso efectivamente realizado; asimismo, precisa que dicha bonificación se aprueba mediante Resolución de Superintendencia; Que con Resolución de Superintendencia Nº 046-2015/SUNAT, modificada por la Resolución de Superintendencia Nº 120-2015/SUNAT, se actualizan las disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por función crítica o riesgosa a los trabajadores de la SUNAT; Que conforme se sustenta en el Informe Nº 063-2016-SUNAT-8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, se requiere incluir dentro de la función crítica las funciones de realizar auditorías definitivas, de determinación de puntos críticos en la fiscalización de contribuyentes así como las de realizar acciones de control posterior a contribuyentes asignados a la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, por cuanto el desarrollo de tales funciones se considera estratégico para el logro de los objetivos y metas de la institución; Que el citado Informe también señala que resulta necesario determinar como función crítica las funciones referidas a la cobranza coactiva dado que el desarrollo de dichas funciones está relacionado con la producción de mayor recaudación y por tanto, se considera estratégico para el logro de los objetivos y metas de la institución; Que el mencionado Informe indica que resulta necesario seguir considerando como función crítica las funciones referidas a la dirección de Programas y Proyectos, las funciones de Líder Usuario, Líder Normativo y Líder Informático de Proyecto así como las funciones de miembro de Equipo de Apoyo de Programa y de miembro de Equipo de Trabajo de Proyecto, ya que el desarrollo de tales funciones permitirá la obtención del cambio institucional proyectado en el Marco Estratégico de la SUNAT para el período 2015-2018; proponiéndose también la

Dejan sin efecto designación y designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 133-024-0057063-2016-SUNAT/6N0000 Huancayo, 1 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Junín para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín, del trabajador que se indica a continuación:
N° 1 REG. 0291 APELLIDOS Y NOMBRES Villanueva Diaz Fiorella Rosario

Artículo 2°.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Junín, al trabajador que se indica a continuación:

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