Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2016 (09/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 9 de setiembre de 2016 /

El Peruano

sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1426373-1

Aprueban Texto Único de Servicios no Exclusivos - TUSNE del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas - IESTPFFAA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 978-2016-DE/VPD Lima, 7 de setiembre de 2016 VISTOS: Los Oficios N° 133-2016 MINDEF/VPD/DGDOC/ IESTPFFAA y N° 598-2015 MINDEF/VPD/DGDOC/ IESTPFFAA de la Dirección del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas; los Oficios N° 731-2015-MINDEF/VRD/DGPP/D/03 y N° 394-2016-MINDEF/VRD/DGPP/D/03 de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Técnicos N° 60-2015-DRAC y N° 54-2015-DIDOM de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización; y, el informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 018-2013-ED, se crea el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas - lESTPFFAA, dependiente en lo académico del Ministerio de Educación y, en lo administrativo y presupuestal, del Ministerio de Defensa, con el objetivo de lograr una adecuada oferta de carreras técnico profesional con nivel de educación superior; Que, el último párrafo del artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución de su Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0882001-PCM que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone -entre otros- que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere; el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT; y, su forma de pago; Que, el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas lESTPFFAA propone el Texto Único de Servicios no Exclusivos - TUSNE, el mismo que contiene cincuenta (50) servicios no exclusivos relacionados a las actividades de los servicios educativos que serán brindados por dicha Institución. Que, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de este Ministerio ha opinado favorablemente respecto del proyecto propuesto, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2016-DE, en virtud del cual, dicha Dirección está encargada de conducir y articular el proceso de formulación, evaluación y actualización, así como, emitir informes técnicos sobre los documentos de gestión institucional del Ministerio de Defensa, en el marco de la normatividad vigente; Estando a lo propuesto por el Director del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de las Fuerzas Armadas, lo opinado por la Directora de Desarrollo Organizacional y Modernización; y, con el visado del Director General de Educación y Doctrina y el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37 del artículo 10 del Decreto Legislativo 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el literal kk) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 006-016-DE.

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la CONABI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 977-2016-DE/SG Lima, 7 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1104, que modifica la legislación sobre Pérdida de Dominio, se crea la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, para la recepción, registro, calificación, custodia, seguridad, conservación, administración, arrendamiento, asignación en uso temporal o definitiva, disposición y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado correspondientes al citado Decreto Legislativo, así como los contemplados en las normas ordinarias o especiales sobre la materia; Que, la tercera Disposición Complementaria Final del acotado Decreto Legislativo, establece que la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI, cuenta con un Consejo Directivo que está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa; Que, el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1104 aprobado por Decreto Supremo N° 093-2012-PCM señala que los miembros del Consejo Directivo son acreditados por el Titular del Sector o entidad a la que representan, pudiendo acreditar además a un representante alterno; Que, mediante Resolución Ministerial N° 6382012-DE/SG del 31 de mayo de 2012, se designó al Viceministro de Recursos para la Defensa y al Director de Gestión Patrimonial del Ministerio de Defensa, como representantes titular y alterno del Ministerio de Defensa ante la Comisión Nacional de Bienes Incautados -CONABI; Que, a la fecha, por convenir al servicio resulta necesario designar al representante titular y alterno del Ministerio de Defensa ante la referida Comisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 06-2016-DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, al Secretario General y al Director de Gestión Patrimonial, como representantes titular y alterno respectivamente, del Ministerio de Defensa, ante la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI. Articulo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 638-2012DE/SG de fecha 31 de mayo de 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1426373-2

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