Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2016 (17/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de setiembre de 2016 /

El Peruano

correspondiente al presente año; asimismo, manifiesta que cuenta con disponibilidad presupuestaria para financiar dichas subvenciones adicionales, hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 4 179 244,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados en virtud a la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional 2016 del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte autorizada mediante Resolución de Presidencia N° 091-2016-IPD/P; asimismo, justifica el fin social de las subvenciones adicionales solicitadas dado que permitirán contribuir y financiar el desarrollo y práctica del deporte competitivo, que traerá grandes beneficios para la mejora de las potencialidades físicas, mentales y espirituales de los atletas peruanos; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe N° 506-2016- MINEDU/SPEOPEP-UPP, señala que resulta técnicamente viable atender la solicitud de otorgamiento de subvenciones adicionales hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 4 179 244,00) formulada por el IPD, en virtud a que cumple con los requisitos dispuestos en el numeral 60.2 del artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias; y la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Autorización Autorízase al Instituto Peruano del Deporte (IPD), a otorgar subvenciones adicionales a las previstas en el Anexo "A" de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 4 179 244,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, con el objetivo de dar cumplimiento al calendario deportivo correspondiente al presente año. Las subvenciones adicionales autorizadas en el presente artículo, se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http//www. minedu.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente Decreto Supremo se financiarán con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos autorizados para el otorgamiento de las subvenciones adicionales a la que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1430274-1

Autorizan viaje de Directora (e) de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2016-MINEDU Lima, 16 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 09 de setiembre de 2016, el Embajador Británico en la República del Perú ha cursado invitación al señor Ministro de Educación, para participar en una serie de visitas a Escuelas e Institutos ubicados en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, las visitas programadas para los días 19 y 20 de setiembre de 2016, permitirán recibir recomendaciones y conocer experiencias y buenas prácticas sobre el manejo de la Tecnología de Información de expertos ingleses, para optimizar la calidad del servicio educativo que reciben los jóvenes peruanos; asimismo, coadyuvarán al desarrollo del Plan de Implementación de Tecnologías de la Información y Comunicación - TIC que el Ministerio de Educación viene trabajando para implementar en las instituciones educativas del país; Que, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 150-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que resulta relevante la participación de la señora MARIA LUCIA ACURIO JARAMILLO, Directora (e) de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación en las referidas visitas, pues podrá conocer las buenas prácticas del manejo de las TIC en el sistema educativo inglés, lo que coadyuvará a su implementación en nuestro sistema educativo; Que, en consecuencia, y siendo de interés para la Institución, resulta necesario autorizar el viaje de la señora MARIA LUCIA ACURIO JARAMILLO, Directora (e) de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026. Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora MARIA LUCIA ACURIO JARAMILLO, Directora (e) de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 17 al 22 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

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