Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2016 (17/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 17 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026, de acuerdo al siguiente detalle: MARIA LUCIA ACURIO JARAMILLO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 2960,92 Viáticos : US$ 1620,00 (2 día de evento + 1 día de instalación - US$ 540,00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria citada en el artículo precedente deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo Encargado del despacho del Ministerio de Educación 1430274-6

Autorizan viaje de integrantes de la Delegación Peruana que participará en la XXI Olimpiada Iberoamericana de Química - OIAQ 2016 a realizarse en Colombia
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2016-MINEDU Lima, 16 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 8 de junio de 2016, el Decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia ha cursado invitación, a través del Comité Permanente de Organización de la Olimpiada Peruana de Química, para participar en la XXI Olimpiada Iberoamericana de Química - OIAQ 2016, que se llevará a cabo del 18 al 25 de setiembre de 2016 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, la Olimpiada Iberoamericana de Química ­ OIAQ es una competencia entre los estudiantes de Iberoamérica cuyos objetivos principales son: promover el estudio de la química y fomentar el desarrollo de jóvenes talentos en esta ciencia; contribuir al fortalecimiento de los lazos de amistad entre los países participantes; y crear un espacio propicio para promover la cooperación, el entendimiento y el intercambio de experiencias; Que, mediante Resolución Ministerial N° 413-2016MINEDU se designó a los integrantes de la Delegación Peruana que participará en la OIAQ 2016, conformada por 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) profesores; Que, la Dirección General de Educación Básica Regular, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 442-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBRLACV, señala que la OIAQ 2016 es una oportunidad para motivar el aprendizaje y la enseñanza de la química en los estudiantes y docentes del nivel de educación secundaria; asimismo, permitirá comprobar el nivel que tienen nuestros estudiantes en relación a otros estudiantes de Iberoamérica; motivo por el cual, considera necesario autorizar el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) profesores, integrantes de la citada Delegación;

Que, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 146-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que resulta relevante la participación de la Delegación Peruana en la OIAQ 2016, toda vez que permitirá motivar y despertar el interés para el aprendizaje y enseñanza de las ciencias básicas (química) de nuestros estudiantes y docentes de educación secundaria; así como, reconocer a los estudiantes talentosos al nominarlos como representantes de nuestro país en este evento de trascendencia internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) profesores que integran la Delegación Peruana que participará en la OIAQ 2016, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por los organizadores del evento; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) profesores, integrantes de la Delegación Peruana que participará en la XXI Olimpiada Iberoamericana de Química - OIAQ 2016, designados mediante Resolución Ministerial N° 413-2016-MINEDU, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; del 18 al 25 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación ­ Unidad Ejecutora: 026, de acuerdo al siguiente detalle:
ESTUDIANTES: PIERO STEFANO BERAUN GASCO Pasajes aéreos (incluye TUUA) JULIO CESAR TAPARA TEJADA Pasajes aéreos (incluye TUUA) STEISY GRACIELA CAPARACHIN VILCA Pasajes aéreos (incluye TUUA) OMAR ALONSO ROMERO RODRIGUEZ Pasajes aéreos (incluye TUUA) PROFESORES: LUIS ORTEGA SAN MARTIN Pasajes aéreos (incluye TUUA) PATRICIA ELENA GONZALES GIL Pasajes aéreos (incluye TUUA) : : US$ 720,00 US$ 720,00 : : : : US$ 720,00 US$ 720,00 US$ 720,00 US$ 720,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas señaladas en el artículo precedente deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.

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