Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2016 (17/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 17 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599355

Resolución del Servicio Nacional de Metrología (actualmente Dirección de Metrología del INACAL) N° 001-2012/SNMINDECOPI publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de marzo de 2012. Artículo 4°.- Una vez cumplido el plazo para la implementación de la norma metrológica peruana NMP 022:2016 señalado en el Artículo 2°, deróguese el artículo 5° de la Resolución Directoral N° 001-2015-INACAL/DM. Regístrese y publíquese. JOSÉ DAJES CASTRO Director de Metrología Instituto Nacional de Calidad 1430140-1

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 1429874-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Australia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0834/2016-RE Lima, 16 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la 43° Reunión de Decanos y Directores de Academias Diplomáticas e Institutos de Relaciones Internacionales tendrá lugar en la Universidad Nacional de Australia, en la Ciudad de Canberra, Australia, del 21 al 23 de setiembre del 2016; Que, es de interés institucional que la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, se encuentre debidamente representada por un funcionario diplomático en la referida reunión, cuya agenda se centrará en los retos y oportunidades para la diplomacia en Asia; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 3244, del Despacho Viceministerial, de 8 de setiembre de 2016; la Memoranda (DAD) N.° DAD0313/2016, de la Dirección Adjunta de la Academia Diplomática del Perú, de 31 de agosto de 2016; y (OPR) N.° OPR0228/2016, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 9 de setiembre de 2016, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República George Norman Nicholson Arias, Director Adjunto de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, a la ciudad de Canberra, Australia, para participar del 21 al 23 de setiembre de 2016, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 19 al 24 de setiembre de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0089192 Formación Profesional, Post grado, Maestría en la ADP, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 4 280,00 Viáticos por día US$ 385,00 N.° de días 2+2 Total viáticos US$ 1 540,00

SALUD
Autorizan viajes de profesionales de la DIGEMID a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 708-2016/MINSA Lima, 16 de setiembre del 2016 Visto, el expediente N° 16-077640-001 que contiene la Nota Informativa N° 481-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, establece que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) es la entidad responsable de proponer políticas, y dentro de su ámbito, normar, regular, evaluar, ejecutar, controlar, supervisar, vigilar, auditar, certificar y acreditar en temas relacionados a lo establecido en la referida Ley implementando un sistema de administración eficiente sustentado en estándares internacionales; Que, el artículo 11 de la acotada Ley señala que el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura emitido por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud, como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, constituye requisito previo para la inscripción y reinscripción de dichos productos en el Registro Sanitario; Que, asimismo el artículo 22 de la acotada Ley dispone que las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que se dedican para sí o para terceros a la fabricación, la importación, distribución, almacenamiento, dispensación o expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, deben cumplir con los requisitos y condiciones sanitarias establecidas en el Reglamento respectivo y en las Buenas Prácticas de Laboratorio de Distribución de Almacenamiento, de Dispensación y de Seguimiento Farmacoterapéutico y demás aprobados por la Autoridad Nacional de Salud a propuesta de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, según corresponda y contar con la certificación correspondiente en los plazos que establece el Reglamento; Que, la Directiva Administrativa N° 165-MINSA/ DIGEMID V.01, Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA, señala en el numeral 6.1 de las Disposiciones Específicas que el Ministerio de Salud como Autoridad Nacional de Salud, a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas como Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, otorga la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura a los laboratorios dedicados a la fabricación de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a nivel nacional e internacional, previa auditoria para verificar su cumplimiento;

Nombres y Apellidos George Norman Nicholson Arias

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