Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2016 (25/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 25 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600011

represente ante la Comisión Multisectorial en las sesiones a las que no puedan asistir. 5.3. Los/las representantes, titular y alterno/a, de las organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios son designados/as por el GTPI, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente de publicada la presente Resolución Suprema en el diario oficial El Peruano, y acreditados/as por el Viceministerio de Interculturalidad. La designación debe considerar criterios de género en su conformación. Artículo 6.- Funciones de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Proponer la Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad, y el Plan Multisectorial que la implementa; b) Elaborar el Plan de Trabajo de la Comisión Multisectorial. Artículo 7.- Solicitud de información Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión Multisectorial puede solicitar a cualquier entidad del Sector Público la documentación e información relacionada con su objeto y funciones. Las entidades del Sector Público deben entregar a la Comisión Multisectorial la información que les sea solicitada, salvo las excepciones establecidas por Ley. Artículo 8.- Presidencia La presidencia de la Comisión Multisectorial está a cargo de el/la representante del Viceministerio de Interculturalidad, quien representa a la Comisión Multisectorial en los actos públicos en los que participe. Artículo 9.- Secretaría Técnica La Comisión Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica que está a cargo de la Dirección de Lenguas Indígenas de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. La Secretaría Técnica tiene como función brindar asistencia y apoyo técnico y administrativo a la Comisión Multisectorial, y está a cargo de coordinar las acciones necesarias para coadyuvar al cumplimiento de las funciones encomendadas a la Comisión Multisectorial. Artículo 10.- Grupos Técnicos Temáticos 10.1. La Comisión Multisectorial puede conformar Grupos Técnicos Temáticos para áreas específicas que faciliten el cumplimiento de su objeto. 10.2. Los Grupos Técnicos Temáticos están conformados por representantes de las entidades ante la Comisión Multisectorial, de acuerdo con su temática específica de trabajo. 10.3. Los Grupos Técnicos Temáticos también pueden invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados/as, a especialistas en su temática específica de trabajo. Los/las especialistas pueden ser representantes de las entidades públicas, privadas y sociedad civil contempladas en el artículo 4, sin que ello genere gastos adicionales al Estado. Artículo 11.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala dentro de un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo establecido para la designación de sus integrantes. Artículo 12.- Del funcionamiento de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial, en la sesión de instalación, determina y aprueba la forma de su funcionamiento, el lugar y la oportunidad de sus sesiones, la participación de sus integrantes, entre otros aspectos, que permitan el cumplimiento de su objeto. Artículo 13.- Informes finales La Comisión Multisectorial entrega al Ministerio de Cultura los informes finales que contienen las propuestas

de Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad, y de Plan Multisectorial que la implementa, dentro de los plazos previstos en el artículo 14 de la presente Resolución Suprema. Artículo 14.- Vigencia de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial cesa sus funciones con la entrega de las propuestas de Política Nacional de Lenguas Originarias, Tradición Oral e Interculturalidad, y del Plan Multisectorial que la implementa. Dentro del plazo máximo de ciento sesenta (160) días hábiles contados desde su instalación, la Comisión presenta la propuesta de Política Nacional. Una vez aprobada la Política Nacional, la Comisión elabora y presenta la propuesta del Plan Multisectorial, dentro de un plazo de doscientos (200) días hábiles. Artículo 15.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Suprema se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Cada pliego presupuestal asume los gastos que genere el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 16.- Publicación La presente Resolución Suprema es publicada en el diario oficial El Peruano, así como en el portal web del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en los portales web institucionales de las entidades que lo refrendan, el mismo día de la publicación de la presente norma. Artículo 17.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Cultura, el Ministro de Educación, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, la Ministra de Salud, la Ministra del Ambiente, el Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro del Interior y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ANA MARIA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1433175-17

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